Consejos para minorar el Impuesto sobre Sociedades 2020 antes de fin de año

por | Nov 24, 2020

Los últimos días del año son la mejor oportunidad para hacer balance anual (especialmente en este año de crisis económica provocada por la propagación del Covid19) y para llevar a cabo operaciones que permitan minorar la factura fiscal del 2020 de cara a la presentación de la Declaración de la Renta 2020 para todos los contribuyentes y profesionales y para la presentación del Impuesto sobre Sociedades para empresas.

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En el caso de las empresas, deberán presentar el Impuesto sobre Sociedades entre el 1 y el 25 de julio de 2021 reflejando la situación económica de la empresa durante el año 2020. El importe de esta Declaración puede modificarse al alza o a la baja si se llevan a cabo algunas actuaciones que puedan conducir a minorar el Impuesto sobre Sociedades 2020 antes de fin de año, especialmente teniendo en cuenta que los Presupuestos Generales del Estado para 2021 se van a incluir varias reformas fiscales que afectan directamente a las empresas.

Desde Arrabe Asesores, como expertos en asesoramiento fiscal a empresas, hemos elaborado algunos consejos para minorar todo lo posible el Impuesto sobre Sociedades 2020.

Transmitir elementos patrimoniales con pérdidas

Desde el Registro de Economistas y Asesores Fiscales (REAF) recomiendan aprovechar algún elemento patrimonial con liquidez para transmitirlo con pérdidas a fin de conseguir reducir la tributación de las ganancias patrimoniales que se nos hayan puesto de manifiesto durante el año por otras transmisiones. Hay que recordar que la pérdida no será aprovechable si se vuelven a adquirir los elementos, en general en el plazo de un año y, si se trata de valores cotizados, en los dos meses anteriores o posteriores.

Asimismo, se recomienda aprovechar las pérdidas patrimoniales por transmisiones del ejercicio, o que se lleven arrastradas de años anteriores por no haber podido compensarlas, para reducir plusvalías generadas al transmitir elementos patrimoniales antes del 31 de diciembre.

Cuidado con la deducción por gastos de atención a clientes y proveedores

Aunque este año atípico las reuniones con clientes y proveedores casi seguro han sido mucho menores que en años anteriores, cabe recordar que la deducción en el Impuesto sobre Sociedades por gastos de atención a clientes y proveedores está limitada al 1% del importe neto de la cifra de negocios del ejercicio.

Constitución de renta vitalicia por mayores de 65 años

Los contribuyentes mayores de 65 años de edad que transmitan un bien distinto a la vivienda habitual estarán exentos de tributar por la ganancia obtenida si constituyen una renta vitalicia de hasta 240.000 euros.

Para disfrutar de esa exención, se dispone de hasta 6 meses sin contar el tiempo del Estado de Alarma.

Asimismo, en caso de que perciba, desde su jubilación, un complemento mensual, por varios años, a su pensión y su empleador le proponga la sustitución del complemento mensual por un pago único, podrá reducir dicha cuantía en un 30%, hasta un límite de 300.000 euros.

Exención sobre dividendos y plusvalías percibidos por las compañías españolas sobre sus filiales y participadas patrias o extranjeras

En los nuevos Presupuestos Generales del Estado para 2021 se prevé rebajar del 100% al 95% la exención hoy vigente sobre los dividendos y plusvalías percibidos por las compañías españolas sobre sus filiales y participadas patrias o extranjeras. Así, a partir de 2021, el 5% del reparto de estos dividendos tributará al 25%, afectando esto a 1.739 empresas que suponen el 0,12% del total y una recaudación adicional de 1.520 millones.

No obstante, las empresas que facturen menos de 40 millones de euros estarán exentas durante los tres primeros años.

¿Qué medidas entrarán en vigor con los PGE 2021 que afectan a las empresas y empresarios?

Al margen de estas recomendaciones para llevar a cabo antes de fin de año, es importante mencionar qué medidas van a entrar en vigor con los Presupuestos Generales del Estado para 2021 y que afectan directamente a empresas y empresarios:

  • Limitación de las exenciones de dividendos y plusvalías de filiales en el exterior para los grandes grupos empresariales.
  • Tributación mínima del 15% para las sociedades cotizadas de inversión inmobiliaria (SOCIMIS).
  • Tipo de gravamen del 26% en el IRPF a las rentas de capital superiores a 200.000 euros anuales (actualmente es del 23%).
  • Tipo de gravamen del 47% en el IRPF a las rentas del trabajo superiores a 300.000 euros anuales (actualmente es del 45%).
  • Entrada en vigor de la Tasa Google y Tasa Tobin con las que el Gobierno espera recaudar 1.818 millones de euros anuales.
  • Entrada en vigor de la Ley de medidas de prevención de lucha contra la elusión fiscal, con la que el Gobierno espera recaudar 828 millones de euros adicionales al prohibir los pagos en efectivo entre empresas y profesionales de más de 1.000 euros; prohibir el software de contabilidad de doble uso y controlar las criptodivisas.
  • Incremento del IVA en las bebidas azucaradas y edulcoradas del 10% al 21%, incrementando la recaudación en 340 millones de euros anuales. Esto sólo afectaría a la distribución de estos productos y no a la hostelería.
  • Nuevo impuesto a los envases de plástico con 491 millones de euros anuales de recaudación.

Desde Arrabe Asesores recomendamos que, antes de llevar a cabo cualquier decisión en el seno de su empresa, contacte con nosotros a fin de recibir el asesoramiento oportuno. Puede solicitar cita y presupuesto en el teléfono 917 140 489.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es