PGE 2021: La repatriación de dividendos tendrá una exención del 95%

por | Jul 22, 2020

E l Gobierno ya está preparando los Presupuestos Generales del Estado para 2021 que es posible que vean la luz en el último trimestre del año y que tendrán gran importancia para la reconstrucción económica de España tras los estragos sufridos por la crisis del Coronavirus (COVID-19). En estos PGE 2021 es posible que el Ejecutivo rescate alguna de las medidas que intentó plasmar en los PGE 2019 que no llegaron a aprobarse por falta de acuerdos como es el caso de la repatriación de dividendos que tendrá una exención en el Impuesto sobre Sociedades del 95% frente al 100% que tiene actualmente.

Así lo han transmitido fuentes del Ministerios de Hacienda a El Economista: la intención del Ejecutivo es terminar con la exención total de la repatriación de dividendos de las filiales extranjeras pasando a estar exenta al 95% frente a la exención del 100% que se encuentra a día de hoy en vigor.

Esta medida, de ser aprobada, ayudaría al Ministerio de Hacienda a aumentar su recaudación en 1.776 millones de euros anuales, una cifra que empujaría la balanza a su aprobación, sobre todo teniendo en cuenta el elevado gasto público que asumido el Gobierno en los últimos años.

¿Qué consecuencias tendría la reducción de la exención de la repatriación de dividendos?

De aprobarse esta medida, la reducción al 95% de la exención de repatriación de dividendos, podría producirse la misma situación que ya tuvo lugar a finales de 2019 cuando muchas empresas, por el miedo a que se aprobara esta medida, adelantaron el pago de dividendos para evitar así una posible tributación del 5% de los dividendos repatriados al exterior.

Tanto es así, que según los datos proporcionados por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), en 2018, el segundo pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades creció en los grupos consolidados un 34,7%, abonando las empresas 23.598 millones de euros en anticipo a cuenta, de los cuales 13.509 millones de euros procedían de empresas del Ibex35.

No obstante, esta medida podría encontrar importantes obstáculos al generar una doble imposición y limitar la libertad de movimiento de capitales. En esta misma línea, Juan José Enríquez, decano del Colegio de Economistas de Valencia, considera que, con esta reducción, los dividendos y las ganancias de capital que obtengan las filiales españolas en el extranjero tributarían a un tipo efectivo del 1,25 %. Así, si la filial repartiese este dividendo a las compañías más elevadas en la pirámide del grupo y estas a su vez lo hiciesen también, hasta llegar a la matriz, compañía superior a compañía superior tributando por ese 1,25% hasta acabar en la matriz, se produciría un efecto en cascada, que llevaría a que se acabase tributando por el 5%.

No obstante, habrá que esperar a la propuesta de PGE para 2021 para determinar si finalmente se incluye esta medida para determinar cómo puede afectar a las empresas.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es