La AEAT lanza dos nuevos asistentes online para la gestión de deudas tributarias

por | Jul 27, 2020

E l Estado de Alarma, declarado por el Gobierno el pasado 14 de marzo y que se alargó hasta el pasado 21 de junio, ha supuesto un antes y un después tanto para la gestión y hábitos de trabajo de empresas como para las Administraciones Públicas que se han visto obligadas a realizar casi la totalidad de sus trámites a distancia. Así, poco a poco, los diferentes organismos públicos van incorporando nuevos trámites y gestiones que se pueden hacer online, evitando desplazamientos y elevados tiempos de espera.

[divider line_type=»No Line»]

En línea con esta tendencia, la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) ha lanzado dos nuevos asistentes a través de su Página Web, con las que los contribuyentes podrán controlar los plazos de pago y calcular los costes de intereses y aplazamientos respecto de deudas tributarias. Se trata de las herramientas “Calculadora de plazos de pago” y “Calculadora de intereses y aplazamientos”.

Calculadora de plazos de pago

Este asistente permite al contribuyente realizar consultas personalizadas sobre la fecha límite que tiene éste para hacer frente al pago de deudas tributarias y no tributarias dependientes de la AEAT, conocer la situación de su deuda, los plazos de vencimiento, el tiempo que aún le resta para cumplir dicho vencimiento, así como posibles actuaciones que puedan derivarse de la misma o su fecha de inicio.

Para acceder a este asistente simplemente es necesario introducir el número de justificante de la carta de pago y la fecha de su notificación.

Calculadora de intereses y aplazamientos

El asistente “Calculadora de intereses y aplazamientos” ofrece información a los contribuyentes sobre los intereses legales y de demora aplicables a las deudas tributarias, deudas no tributarias y los de aplazamientos y fraccionamientos, ya sean favorables al contribuyente o a la AEAT, ofreciendo esta información por días.

En el caso de intereses de aplazamientos y fraccionamientos, el asistente solicita la fecha de inicio, fecha del primer vencimiento, importe cuota total, recargo de apremio, periodicidad, el tipo de interés, plazos y si las cuotas serán o no iguales.

Si el contribuyente quiere calcular intereses de demora a favor del contribuyente tendrá que aportar la fecha de ingreso, fecha del acuerdo de devolución del ingreso indebido y el importe de la deuda inicial. Cuando se trata de calcular intereses de demora de deudas tributarias, hay que aportar la fecha de inicio de cálculo o fecha límite de ingreso, fecha de liquidación, importe deuda inicial, si hay más deudas e ingresos realizados a cuenta.

Para el caso de calcular el interés legal de deudas no tributarias a favor del contribuyente, el asistente requiere la fecha del ingreso, la fecha de acuerdo de devolución del ingreso indebido y el importe de la deuda inicial. Para el cálculo de intereses legales a favor de la AEAT respecto de deudas no tributarias, hay que aportar la fecha de inicio del cómputo de intereses, fecha de liquidación o ingreso, importe de la deuda inicial y si hay más deudas e ingresos realizados a cuenta.

Esta información ayudará al contribuyente a conocer los intereses aplicables a sus deudas y qué interés se le ha aplicado desglosado por días.

Estos dos nuevos asistentes se suman a otros servicios y herramientas que pone a disposición del contribuyente la AEAT, que ya está trabajando en poder realizar inspecciones fiscales online.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es