Novedades en materia laboral en 2020

por | Ene 23, 2020

L a entrada del nuevo año trae consigo importantes novedades en materia fiscal que han entrado en vigor en 2020, contenidas muchas de ellas en el acuerdo de Gobierno adoptado por PSOE y Unidas Podemos y también novedades en materia laboral que afectan a trabajadores por cuenta ajena, trabajadores autónomos, pensionistas y empresas.

Desde Arrabe Asesores analizamos todas las novedades en materia laboral que ya se encuentran en vigor y algunas de las cuales lo harán previsiblemente a lo largo del presente año.

Incremento de las pensiones

El Gobierno ha anunciado la actualización e incremento de las pensiones públicas de la Seguridad Social en un 0,9%. Se trataba de una de las promesas electorales más importantes y en los primeros días de legislatura el Gobierno ha aprobado su actualización.

Incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a 950 euros

El Ministerio de Trabajo ha llegado a un acuerdo con las organizaciones empresariales y las patronales para incrementar el SMI a 950 euros mensuales en 14 pagas. Este aumento en el SMI supone un alza del 5,5% respecto al SMI de 2019.

Incremento en la cuota de los trabajadores autónomos

La cuota mensual que los trabajadores autónomos abonan a la Seguridad Social se ha visto incrementada en un 0,3% respecto a 2019. Esta alza encarece la cuota mensual en 3 euros para los trabajadores autónomos que cotizan por la base mínima.

No obstante, es posible que haya más modificaciones en la cuota de autónomos. Uno de los objetivos del nuevo Gobierno es la implantación de la cotización por ingresos reales.

Suspensión del sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales por disminución de la siniestralidad laboral

Se suspende la aplicación del sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan reducido de manera considerable la siniestralidad laboral.

Prórroga de las normas de cotización de 2019 y mantenimiento de las del tope máximo y de la base máxima de cotización en el Sistema de la Seguridad Social

Mantenimiento de las cuantías del tope máximo y de la base máxima de cotización en el sistema de la Seguridad Social establecidas para 2019 en el artículo 3 del Real Decreto – Ley 28/2018.

 ¿Qué novedades en materia laboral nos deparó 2019?

El pasado año 2019 estuvo marcado por importantes novedades en materia laboral. Muchas de ellas llegaron a través de Real Decreto – Ley debido a la inestabilidad política y a la situación de un Gobierno en funciones. Desde Arrabe Asesores analizamos y sintetizamos las novedades en material laboral más destacadas de 2019:

  • Derecho de los trabajadores a la desconexión digital, regulado a través de la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. Tiene como finalidad garantizar el respeto del tiempo de descanso de los trabajadores, de tal manera que el empresario no pueda contactar con el trabajador fuera del tiempo de trabajo. Para ello, las empresas deben implantar políticas internas que garanticen este derecho. En la práctica, esto no se está cumpliendo y no existe sanción específica en caso de incumplimiento.
  • Registro de jornada de los trabajadores, regulado por el Real Decreto – Ley 8/2019 de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Establece la obligatoriedad de las empresas de registrar la jornada diaria de los trabajadores. En la práctica, la mayoría de empresas ha implantado sistemas de registro del horario de sus trabajadores y la Inspección de Trabajo ya cuenta con más de 5.300 expedientes relacionados con esta materia y 1.263.000 euros en reclamaciones y sanciones.
  • Adaptación de la jornada. La famosa “jornada a la carta”, regulada por el Real decreto – Ley 6/2019 de 1 de marzo de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. Establece el derecho de los trabajadores a adaptar su jornada para la conciliación de la vida familiar y laboral. Esta medida ha sido objeto de multitud de procedimientos judiciales en los que, en la mayoría de ellos, se ha dado la razón al trabajador.
  • Los “riders” y “glovers” son considerados trabajadores por cuenta ajena y no trabajadores autónomos. No obstante, el Tribunal Supremo deberá dictar sentencia debido a la multitud de fallos judiciales contradictorios.
  • Los altos directivos no cobrarán indemnización por desistimiento. Así lo establece la sentencia del Tribunal Supremo de 5 de noviembre de 2019.
  • Las cámaras de video vigilancia se podrán instalar aun sin conocimiento del trabajador. Así lo establece la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es