Ticket BAI: El SII para autónomos y pymes llegará a País Vasco en 2020

por | Dic 12, 2019

L a Hacienda Foral de Navarra y el Gobierno Vasco han elaborado un proyecto que ayudará a facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes, así como a reducir el fraude fiscal. Se llama Ticket BAI (TBAI) y entrará en vigor a partir de 2020 para las pymes y 2021 para trabajadores autónomos ubicados en País Vasco y Navarra.

Ticket BAI nace con el objetivo de ayudar a los contribuyentes a cumplir con sus obligaciones fiscales y reducir el fraude fiscal, haciendo hincapié en el control de las actividades económicas de aquellos negocios en los que se realizan muchas transacciones en efectivo, evitar conductas fraudulentas como el uso de software de doble uso o contabilidades B de empresas, así como establecerse como una herramienta de control en tiempo real de las facturas de autónomos y pymes, al igual que sucede con el SII para las grandes empresas.

El sistema TBAI será de obligado cumplimiento para pymes y trabajadores autónomos de Álava, Bizkaia, Gipuzkoa y Navarra. De momento sólo será de aplicación en estas regiones, pero es posible que, con el tiempo, se extienda al resto de España debido al éxito que han tenido sistemas similares en otros países con Portugal, Suecia o Austria.

El Gobierno Vasco y la Hacienda Foral de Navarra han destacado que TBAI reportará los siguientes beneficios a los contribuyentes:

  • Tener un mayor control de los ingresos en aquellos negocios en los que, la mayoría de transacciones son en efectivo.
  • Garantizar la equidad y que cada contribuyente tribute en función de su capacidad económica real. De esta manera aquellos contribuyentes que tributan acorde a la legalidad dejarán de tener una situación de inferioridad respecto a aquellos que no lo hacen.
  • Proteger a todos los consumidores que obligatoriamente obtendrán un ticket por cada compra protegiéndose así sus derechos.
  • Reducción de los costes de cumplimiento de las obligaciones fiscales.
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¿Cómo funciona el Ticket BAI?

Los profesionales y pymes que estén sometidos al sistema Ticket BAI deberán llevar a cabo las siguientes operaciones previas:

  • Certificar el dispositivo desde el que se emita la factura o ticket (ordenador, Tablet, Smartphone, TPV…), de tal manera que sea capaz de generar un fichero único identificativo por cada factura y que deberá enviarse a la administración correspondiente en los plazos estipulados y bajo la normativa de cada Administración.
  • Utilizar un software de gestión y facturación que contenga la firma de la empresa que lo haya desarrollado.
  • Utilizar un software que permita añadir un código QR y TBAI a las facturas o tickets, crear y enviar ficheros con los datos de la factura y una huella en la que se identifique el dispositivo, el programa y el usuario que realiza la factura.

El proceso de compra, emisión del ticket y remisión de la información fiscal constará de los siguientes pasos:

  1. El software desarrolla un fichero con la información de la factura que se va a emitir. Dicho fichero queda identificado con el certificado del dispositivo emisor.
  2. Se genera ese fichero y se obtiene un código identificativo TBAI y el código QR. Se emita la factura que contiene esos dos ítems.
  3. Se genera y envía automáticamente el fichero a la Administración Tributaria.
  4. Se emita la factura.
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SII y TBAI ¿En qué se parecen y en qué se diferencian?

TBAI es un sistema que recuerda al SII, pero hay una serie de diferencias entre ambos sistemas:

  • El SII aporta al contribuyente un borrador del modelo 303 para que contraste la información de sus libros contables con el pago trimestral realizado a Hacienda mientras que el TBAI funciona de un modo diferente.
  • Está dirigido a grandes empresas que facturan más de 6 millones de euros anuales, los grupos de IVA y aquellos que están inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME) mientras que el TBAI se aplicará a pymes y autónomos.
  • Con el SII, los contribuyentes están exentos de hacer la Declaración de operaciones con terceros mientras que con el TBAI los contribuyentes siguen teniendo la obligación de presentar los modelos fiscales.

TBAI entrará en vigor en 2020 para las pymes de las regiones del País Vasco y Navarra y en 2021 para los trabajadores autónomos de estas mismas regiones. Para el resto de España, en principio, no está previsto, aunque todo parece indicar que se podría implantar a nivel nacional.

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Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es