Modelo 347: Plazos y presentación durante 2017

por | Feb 16, 2017

L la Declaración de operaciones con terceras personas es una obligación tributaria a la que deben hacer frente los empresarios y profesionales que hayan tenido durante el ejercicio anterior operaciones superiores a 3.005,06 euros (IVA incluido) y/o pagos en metálico superiores a 6.000 euros (IVA incluido). Esta obligación formal se debe cumplir frente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) a través de la confección y presentación del Modelo 347.

Así, los empresarios y profesionales que desarrollen actividades empresariales o profesionales y que hayan realizado, durante el anterior ejercicio, operaciones con terceras personas cuyo valor supere los 3.005,06 euros o los 6.000 euros en metálico deberán presentar el Modelo 347 de Declaración anual de operaciones con terceras personas, salvo que se den alguna de estas situaciones:

– Se realicen cobros por cuenta de terceros de honorarios profesionales o derechos derivados de la propiedad intelectual, industrial o de autor o por cuenta de sus socios, asociados o colegiados inferiores a 300,51 euros.

– La sede de su actividad, los establecimientos permanentes y, en último lugar, el domicilio fiscal de la persona física o jurídica no está en España.

– Las personas físicas o entidades en régimen de atribución de rentas que tributen simultáneamente en IRPF por el método de estimación objetiva y el IVA por el régimen simplificado de agricultura, ganadería y pesca o recargo de equivalencia.

– Las personas físicas o jurídicas que hayan realizado exclusivamente operaciones no sometidas al deber de la declaración.

– Los obligados tributarios que tengan que informar sobre las operaciones incluidas en los Libros Registro de devolución mensual de IVA o IGIC, es decir, las operaciones incluidas en el Modelo 340.

– Las entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios que se reflejan en el Modelo 349.

 

¿Cómo se rellena el Modelo 347 de Declaración anual de operaciones con terceras personas?

El Modelo 347 de Declaración anual de operaciones con terceras personas debe contener todas las operaciones con proveedores o clientes, generadas en el ejercicio anterior, que superen los 3.005,06 euros o los 6.000 euros en metálico con IVA incluido ya sean adquisiciones y entregas de bienes y servicios sujetas y no exentas de IVA como no sujetas o exentas de IVA.  Estas operaciones se deben referir por trimestres.

Os recordamos que el Modelo 347 de Declaración anual de operaciones con terceros se debe presentar ante la Agencia Estatal de la Administración tributaria (AEAT) antes del próximo 28 de Febrero de 2.017

Si tiene alguna duda o desea que desde Arrabe Asesores llevemos a cabo la presentación y tramitación de este Modelo puede contactar con nuestro Departamento Fiscal en el teléfono 91 714 04 89.

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Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es