Plan Renove 2020: A partir del 20 de octubre se pueden solicitar las ayudas del Gobierno

por | Oct 19, 2020

E l pasado mes de junio, el Ejecutivo aprobó el Plan de Impulso de la Cadena de Valor de la Industria de la Automoción, un plan de ayudas para el sector del motor, con un presupuesto total de 3.750 millones de euros a repartir en ayudas para la inversión y recuperación del parque automovilístico. Con estas ayudas, 135.000 compradores se han beneficiado de importantes descuentos por parte de los concesionarios y ahora, desde el 20 de octubre ya pueden solicitar las ayudas del Gobierno.

Aquellos que hayan adquirido un vehículo desde el 16 de junio de 2020, cumpliendo con los requisitos establecidos en el Plan Renove 2020, podrán a partir del 20 de octubre solicitar, a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, la ayuda que le corresponda por la compra de su nuevo vehículo.

El procedimiento es sencillo: Acceder a la aplicación a través de certificado digital, reservar el importe de la ayuda correspondiente por la operación de adquisición del vehículo y anexar documentación mínima exigida por la normativa.

Una vez realizada la solicitud, la evaluación y validación de los expedientes de ayudas se empezará a producir en noviembre y será un proceso que se extienda durante los seis primeros meses del 2021. Los primeros pagos llegarán a partir del mes de diciembre y durante la primera mitad del 2021.

Ayudas de hasta 5.000 euros para la compra de vehículos nuevos en el Plan Renove 2020

En el Plan Renove 2020 comprende ayudas que van de los 800 a los 5.000 euros para los consumidores que adquieran un vehículo con los siguientes requisitos:

  • Vehículo usado o nuevo de combustión o eléctrico con etiqueta A o B y emisiones medias de menos de 120 gramos por kilómetro (155 gramos para vehículos comerciales ligeros).
  • Matriculado a partir del 1 de enero de 2020.
  • Su precio debe ser inferior a 35.000 euros o 45.000 euros si tiene etiqueta CERO o el consumidor tiene problemas de movilidad.
  • Puede ser gasolina, diésel, de gas, híbrido, híbrido enchufable, de pila de combustible o 100% eléctrico.
  • Tiene que tener etiqueta A, B, C,ECO o CERO.
  • Entrega de un vehículo de más de 10 años para el achatarramiento o de 7 años si se trata de un vehículo comercial con la ITV superada.

Los particulares o trabajadores autónomos que adquieran un turismo podrán acceder a las siguientes ayudas:

  • 000 euros si adquiere un vehículo con etiqueta CERO.
  • 000 euros si adquiere un vehículo con etiqueta ECO A.
  • 200 euros si adquiere un vehículo con etiqueta ECO B.
  • 600 euros si adquiere un vehículo con etiqueta ECO C y calificación energética A.
  • 800 euros si adquiere un vehículo con etiqueta ECO C y calificación energética B.

Las pymes disfrutarán de las siguientes ayudas:

  • 200 euros si adquiere un vehículo con etiqueta CERO.
  • 600 euros si adquiere un vehículo con etiqueta ECO A.
  • 000 euros si adquiere un vehículo con etiqueta ECO B.
  • 300 euros si adquiere un vehículo con etiqueta ECO C y calificación energética A.
  • 750 euros si adquiere un vehículo con etiqueta ECO C y calificación energética B.

Las grandes empresas disfrutarán de las siguientes ayudas:

  • 800 euros si adquiere un vehículo con etiqueta CERO.
  • 400 euros si adquiere un vehículo con etiqueta ECO A.
  • 900 euros si adquiere un vehículo con etiqueta ECO B.
  • 100 euros si adquiere un vehículo con etiqueta ECO C y calificación energética A.
  • 600 euros si adquiere un vehículo con etiqueta ECO C y calificación energética B.

A estas cantidades habría que sumarle 500 euros adicionales si el vehículo a entregar tiene más de 20 años y el comprador tiene una renta mensual inferior a 1.500 euros o tiene dificultades de movilidad.

Por su parte, la compra de furgonetas de hasta 2.500 kilos de MMTA estará subvencionada con una ayuda de entre 1.000 y 4.000 euros en función de si es etiqueta C, ECO o CERO. Y si tiene más de 2.500 kilos de MMTA se subvencionará con entre 2.100 y 4.000 euros.

Estos importes incluyen tanto el descuento del concesionario como la ayuda estatal por lo que se deberá atender a la documentación entregada por el concesionario para calcular la ayuda del Gobierno.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es