El TSJM anula Madrid Central por defectos formales

por | Jul 28, 2020

E l Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha establecido en una de sus últimas sentencias que Madrid Central es declarado nulo por defectos formales. La consecuencia más directa de esta sentencia será la reclamación de todas las multas impuestas a ciudadanos por violar las restricciones de movilidad impuestas por Madrid Central.

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La sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso – Administrativo del TSJM responde así a los recursos presentados hace dos años por la Comunidad de Madrid, el grupo municipal del PP en el Ayuntamiento y la empresa DVuelta Asistencia Legal, declarando nulo Madrid Central por defectos formales.

Qué dice la sentencia que declara nulo Madrid Central

El TSJM anula de este modo la Ordenanza de Movilidad Sostenible aprobada por el Pleno del Ayuntamiento el 5 de octubre 2018 por la omisión del trámite de información pública. El argumento jurídico es que es un requisito esencial, preceptivo e indispensable al tratarse de una de las principales manifestaciones del derecho que los españoles tienen a participar en los asuntos públicos y que está reconocido en la Carta Magna, por lo que deja sin efectos los artículos del 21 al 25, que regulan la creación y funcionamiento de Madrid Central.

Del mismo modo, se anula también Madrid Central por carecer de una justificada memoria económica. Este documento, lo considera el tribunal «imprescindible para valorar con pleno conocimiento y con antelación la repercusión que los costes de su aprobación pueden representar en relación con los principios de estabilidad presupuestaria de las administraciones públicas, sostenibilidad financiera y regla de gasto».

Cómo reclamar las multas impuestas por Madrid Central

Los ciudadanos que, en algún momento durante la vigencia de Madrid Central, hubieran recibido una multa por violar las restricciones de movilidad de Madrid Central, podrán ahora, tras el fallo del TSJM, reclamar las cantidades pagadas por una multa que no procedía.

El fallo del TSJM abre la puerta así a que todas las sanciones interpuestas desde marzo de 2019 por violar Madrid Central puedan ser anuladas al carecer de sustento normativo. Esto puede suponer una oleada de reclamaciones y devoluciones de cantidades que tendría que asumir el Ayuntamiento de Madrid. Por este motivo, José Luis Martínez – Almeida ha anunciado que están estudiando si recurrir o no la sentencia, a pesar de que uno de los recursos contra Madrid Central fue presentado por el Partido Popular de Madrid.

De momento el fallo judicial no es firme y sobre él cabe presentar recurso ante el Tribunal Supremo, pero de llegar a adquirir firmeza, todas las multas interpuestas desde su entrada en vigor serán nulas y podrán ser reclamadas por los ciudadanos a través de la presentación de un recurso ante el Ayuntamiento.

Limitaciones y restricciones de Madrid Central

El proyecto Madrid Central, llevado a cabo por el Ayuntamiento durante el mandato de Manuela Carmena, limitaba la circulación en casi todo el distrito centro de la capital y entró en vigor el pasado 30 de noviembre de 2018, pero las primeras multas no llegaron hasta el 16 de marzo de 2019. Las infracciones tenían un importe de 90 euros, reducido a 45 euros por pronto pago.

Según datos del Ayuntamiento, se ha registrado hasta 4.000 multas diarias por lo que, en caso de reclamaciones, las cantidades a devolver por el Ayuntamiento sumaría una elevada cifra.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es