L a Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de la Comunidad de Madrid ha aprobado el Programa Re – Emprende de ayudas para la segunda oportunidad de autónomos o por cuenta propia que hayan cesado su actividad y decidan iniciar de nuevo una actividad profesional.
Este programa de ayudas, que tiene como objetivo proporcionar una segunda oportunidad a autónomos y emprendedores que no hayan tenido éxito en su andadura profesional, una segunda oportunidad, consta de dos fases:
- Una primera fase en la que los trabajadores autónomos recibirán una ayuda económica de 420 euros mensuales durante los meses de realización de un itinerario personalizado de reemprendimiento y empleo con una duración máxima de 6 meses. Esta cuantía puede incrementarse hasta los 450 euros mensuales si el solicitante tiene a su cargo en el momento de la solicitud a dos miembros de la unidad familiar.
- Una segunda fase en la que los trabajadores autónomos que decidan volver a emprender recibirán una ayuda económica de 200 euros mensuales subvencionando parte de las cuotas correspondientes a los doce primeros meses iniciales al darse de alta de nuevo como trabajador autónomo en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Requisitos de los autónomos para optar a las ayudas de Re – Emprende
Podrán optar a estas ayudas los trabajadores autónomos que, con carácter general, cumplan los siguientes requisitos:
- Sean perceptores de la prestación por cese de actividad de la Seguridad Social.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad de Madrid y con la Seguridad Social.
- No incurrir en ninguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2.003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
Por otro lado, con carácter específico deberán cumplir durante la primera fase del programa los siguientes requisitos:
- Firmar un compromiso con la Unidad de Autónomos, Economía Social y Responsabilidad Social de las Empresas de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda para participar en un itinerario Personalizado de Re – Emprendimiento y Empleo (IPR).
- Haber percibido las mensualidades reconocidas de la prestación por cese de actividad de la Seguridad Social o las mensualidades inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
Y, en la fase segunda, los beneficiarios deberán cumplir estos requisitos:
- Haberse dado de alta en el RETA de la Seguridad Social en el plazo máximo de los 3 meses siguientes a la finalización de la primera fase y si no ha realizado el IPR darse de alta en el plazo máximo de 3 meses después de la finalización de la prestación por cese de actividad o en el plazo de 1 mes desde la resolución por la que se conceda el pago único de la prestación por cese de actividad.
- Realizar la actividad en la Comunidad de Madrid.
Contacta con Arrabe Asesores para solicitar las ayudas de Re – Emprende
Los trabajadores autónomos interesados en solicitar esta ayuda para la segunda oportunidad de autónomos deberán presentar su solicitud durante los dos últimos meses de prestación por cese de actividad y hasta el último día del mes siguiente a la finalización del periodo legal de prestación reconocida por cese de actividad de la Seguridad Social.
Si desea que desde Arrabe Asesores nos encarguemos de solicitar esta ayuda puede contactar con nuestro Despacho en el teléfono 91 714 04 89 y contactar con uno de nuestros asesores laborales.