La demanda de empleo ya no se renovará automáticamente

por | Jul 21, 2021

A  pesar de que la situación epidemiológica provocada por la crisis del Covid19 sigue siendo preocupante, poco a poco las Administraciones Públicas van volviendo a la normalidad de manera paulatina recuperando los protocolos de actuación vigentes con anterioridad al inicio de la crisis. Así, desde el 1 de julio de 2021 la demanda de empleo que se tramita ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) dejará de ser automática, debiendo los demandantes de empleo contactar con este organismo para conocer la fecha de renovación de su demanda para, ya sea telemáticamente o presencialmente, proceder a su renovación.

Así lo ha comunicado el SEPE, dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social, a través de su cuenta oficial de Twitter, indicando que, desde el 1 de julio de 2021, la renovación de la demanda de empleo dejaba de ser es automática. En este sentido, recomienda ponerse en contacto con el servicio autonómico de empleo para saber la fecha de la renovación.

Recordemos que, con motivo de la crisis del Covid19 y la posterior declaración del Estado de Alarma del pasado mes de marzo de 2020, se limitó el acceso a determinados tramites presenciales en las Administraciones Públicas como es el caso de la renovación de la demanda de empleo, decidiendo que ésta se renovaría automáticamente evitando que el demandante se tuviera que desplazar a la oficina del SEPE correspondiente.

Ya eran varias Comunidades Autónomas las que habían eliminado esa renovación automática, a excepción de la Comunidad Valenciana, la Comunidad de Madrid, Castilla y León y Ceuta que mantenían el trámite automático que finalizó el pasado 1 de julio de 2021.

A partir de ahora se retorna al sistema anterior y los demandantes de empleo deberán renovar su demanda de empleo según los plazos y en las fechas que correspondan. Si desconocen esa información deberán acudir a la oficina del SEPE correspondiente para conocer la fecha de renovación de su demanda de empleo.

Esto es fundamental para percibir las prestaciones por desempleo. Si no se procede a dicha renovación, se iniciará un procedimiento sancionador por infracción leve que puede suponerle la pérdida de un mes de prestación. Si no vuelve a renovarla una segunda vez, perderá tres meses. Si se repite una tercera vez, perderá seis meses, y si por cuarta vez no renueva, perderá la prestación.

Retorno del requisito de Búsqueda Activa de Empleo para el RAI y el SED

La eliminación de la renovación automática de la demanda de empleo no es el único cambio que se ha producido en los últimos meses. Ya hace un mes informábamos de la recuperación del requisito de Búsqueda Activa de Empleo (BAI) para el cobro de la Renta Activa de Inserción (RAI) y del Subsidio Especial por Desempleo (SED).

Esta BAE se eliminó con el inicio de la crisis del Covid19 y desde el pasado mes de junio se vuelve a exigir.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es