Las empresas no tienen obligación de registrar diariamente la compensación por horas extras

por | Feb 24, 2020

L a obligación del registro diario de la jornada de los trabajadores sigue generando grandes problemas y polémicas entre empresas, trabajadores y sindicatos desde que entrara en vigor en mayo del pasado año. Uno de los problemas que ha suscitado es el referente a la compensación de las horas extras realizadas por los trabajadores ¿Cómo se debe hacer? ¿Se deben registrar los tiempos extra trabajados?.

Para clarificar esta cuestión y responder a la demanda presentada por un sindicato de una empresa, el Tribunal Supremo ha establecido que las empresas no tienen obligación de registrar diariamente la compensación de las horas extras realizadas por la prolongación de la jornada.

En la sentencia, el Supremo establece que la empresa está obligada a entregar a los representantes de los trabajadores una copia mensual del registro diario de horas extraordinarias por cada trabajador. Asimismo, la información debe ser trimestral explicando los motivos por los que existe esa prolongación de la jornada. No obstante, las empresas no tienen obligación de registrar diariamente las compensaciones motivadas por la extensión de la jornada laboral.

Así, la empresa tiene obligación de registrar las horas extras realizadas por los trabajadores transmitiendo ese registro a los sindicatos, pero no tienen obligación de registrar las compensaciones de esas horas extras.

El sindicato reclamó a la empresa registrar las compensaciones por horas extras

El sindicato de empresa presentó una demanda de conflicto colectivo, ante la sala de lo social de la Audiencia Nacional, pidiendo a la empresa el registro diario de las compensaciones derivadas de realizar horas de más cuando la jornada laboral se prolonga, debiendo estar firmadas por cada trabajador.

Por su parte, la AN desestimó la pretensión por considerar “que la obligación de llevar un registro diario de las horas extraordinarias no se extiende a las compensaciones por prolongación de la jornada”.

Finalmente, tras imponer recurso de apelación ante el Supremo, el alto Tribunal ha fallado en favor de la empresa por considerar que la empresa ya lleva a cabo un control de las horas extraordinarias realizadas no existiendo obligación de registrar la compensación de dichas horas extras.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es