Impuesto sobre Sociedades 2020: Tipos de Gravamen

por | Jul 8, 2021

E l 1 de julio de 2021 arrancó la campaña de la confección y presentación del Impuesto sobre Sociedades 2020 en la que las empresas y entidades mercantiles deben presentar ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) su declaración correspondiente a los beneficios obtenidos durante el pasado ejercicio 2020, debiendo cumplir con esta obligación fiscal antes del próximo 26 de julio de 2021.

De cara a la confección y presentación del Impuesto sobre Sociedades 2020, si el resultado es a ingresar por haber tenido beneficios en el pasado año, el Tipo de Gravamen a aplicar dependerá de diversos factores. En la campaña de Sociedades 2020, los Tipos de Gravamen son los que detallamos a continuación.  

¿Cuáles son los Tipos de Gravamen aplicables en el Impuesto sobre Sociedades 2020?

En el Impuesto sobre Sociedades 2020 existen varios tipos de gravamen a aplicar en función de las características de cada empresa o entidad:

  • Tipo de gravamen general del 25%: Aplicable para sociedades que no se encuentren encuadradas en el resto de categorías.
  • Tipo reducido del 20%: Aplicable a sociedades cooperativas fiscalmente protegidas a excepción de los resultados extracooperativos que tributarán al tipo general.
  • Tipo reducido del 15%: Aplicable para emprendedores durante el primer periodo con Base Imponible positiva y el siguiente, siempre que se cumplan los siguientes requisitos: no formen parte de un grupo empresarial a los efectos del artículo 42 del Código de Comercio; la actividad no haya sido ejercida con carácter previo con una entidad vinculada y que la actividad no haya sido ejercida en el año anterior por una persona física que ostente directa o indirectamente más del 50% de los fondos propios de la compañía.
  • Tipo reducido del 10%: Aplicable para asociaciones y fundaciones de utilidad pública y a las fundaciones inscritas en el registro correspondiente a las que sea de aplicación el régimen fiscal establecido en la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
  • Tipo reducido del 1%: Aplicable para sociedades de inversión de carácter financiero y sociedades de inversión inmobiliaria/fondos de inversión inmobiliaria siempre que cuenten con un mínimo de 100 accionistas.
  • Tipo general del 30%: Aplicable para entidades de crédito y las dedicadas a exploración, investigación y explotación de yacimientos de hidrocarburos y otras actividades.
  • Tipo del 0%: Aplicable para los fondos de pensiones regulados en el Texto Refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre.

Si tiene alguna duda sobre el tipo de gravamen del Impuesto sobre Sociedades 2020, qué tipo se le aplicará a su sociedad o desea que desde Arrabe Asesores nos encarguemos de la presentación de su Impuesto sobre Sociedades 2020, no dude en contactar con nuestro Departamento Fiscal en el 917 140 489 para solicitar presupuesto. 

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es