Hacienda inspecciona el negocio de las bodas en busca de fraude fiscal

por | May 21, 2019

E l negocio de las bodas, que según estimaciones del INE mueve alrededor de 3.500 millones de euros al año, está en el punto de mira de la Agencia Tributaria pero ¿por qué? La AEAT está decidida a fiscalizar a los proveedores del sector de bodas con el objeto de saber si están declarando todos los servicios que ofrecen a sus clientes y, para ello, ya se ha personado en varios domicilios de con el objeto de recabar las facturas del enlace y cotejar si ha habido fraude fiscal por parte de los proveedores de la boda.

Así ha ocurrido en Asturias donde inspectores de Hacienda se han personado en varios domicilios de matrimonios que celebraron su enlace en 2016 y a los que se les ha requerido las facturas del banquete, de las flores, de la música, del vestido, etc. Lo que pretende Hacienda es vislumbrar si los proveedores están declarando lo que están ingresando por los servicios que están prestando ya que en muchas ocasiones es el propio proveedor el que factura sólo parte de los servicios.

Por ejemplo, en una boda de 200 comensales, el, restaurante les ofrece a los clientes la posibilidad de facturar los servicios de 100 comensales y el resto debería ser abonado en B. En este sentido, se presenta un doble problema: para el proveedor que está facturando sólo la mitad de lo ofrecido y el cliente que está abonando cantidades superiores a 2.500 euros en efectivo y sin declarar pudiéndose enfrentar a multas del 25%.

Para detectar ambas situaciones, los inspectores de Hacienda pueden requerir a los recién casados las facturas del restaurante, del vestido, de las flores, etc. El procedimiento es el siguiente: La AEAT envía a los cónyuges por correo un requerimiento o incluso se puede personar en el domicilio solicitando las facturas.

¿El problema de todo esto? Normalmente los cónyuges no conservan todas las facturas, suele ser lo más habitual. En este sentido es recomendable guardarlas al menos durante los cuatro años siguientes al enlace.

¿Y qué ocurre con los regalos de boda que reciben los recién casados?

Los regalos que reciben los recién casados por su boda, normalmente transferencias de dinero en la cuenta bancaria o el tradicional sobre con dinero, en teoría y basándonos en la Ley, deben tributar por el Impuesto sobre Donaciones en los términos que establezca cada Comunidad al tratarse de un impuesto local. Sin embargo, casi la totalidad de recién casados no cumple con esta obligación y tampoco la AEAT lo investiga. Así lo reconoce Jesús Sanmartín, presidente del Registro de Asesores Fiscales del Consejo General de Economistas en unas declaraciones de las que se ha hecho eco ElPaís.

No obstante, es recomendable tener cuidado con aquellos regalos que suponen un incremento del patrimonio no justificado y que pueden llamar la atención de Hacienda por su elevado importe. Estamos hablando de trasferencias o ingresos en cuenta de más de 3.000 euros que quedarán registrados por el Banco de España que deberá dar aviso a la AEAT.

En el caso de que la AEAT llegara a detectar cantidades tan elevadas podría proceder a una inspección en la que los recién casados podrían hacer frente a una multa del 50% de lo percibido e intereses de demora del 3% anual.

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Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es