Deducción por Familia Numerosa en la Declaración de la Renta 2016

por | Jun 8, 2017

L os contribuyentes que ostenten el título de Familia Numerosa podrán disfrutar de una deducción en su Declaración de la Renta 2.016 de 1.200 a 2.400 euros anuales pero ¿qué requisitos adicionales deben reunir? ¿Cómo deben solicitar esa deducción? ¿Pueden disfrutar de esta deducción todos los miembros del núcleo familiar?

Esta deducción por Familia Numerosa consiste en un incentivo fiscal de 1.200 euros anuales para los ascendientes que formen parte de una Familia Numerosa que asciende a 2.400 euros anuales si se trata de una Familia Numerosa de categoría especial. También se pueden beneficiar las familias monoparentales con dos hijos o aquellas personas con hijos o con ascendientes con discapacidad a cargo.

 

Para poder solicitar esta deducción se deben reunir los siguientes requisitos:

 

– Tener un título de Familia Numerosa o disponer del certificado que explica el grado de discapacidad de la persona que se tenga a su cargo.

– Disponer del NIF tanto del solicitante como de los hijos o descendientes con discapacidad para poder presentar la solicitud.

– El solicitante debe ser trabajador por cuenta ajena o autónomos. También derecho a esta deducción los pensionistas o desempleados que cobren prestación por desempleo.

La solicitud de esta deducción se realizará mediante el Modelo 143 que se puede tramitar en cualquiera de las oficinas de la AEAT, a través de la Sede Electrónica con  DNI electrónico, PIN 24H o certificado digital o bien por teléfono facilitando el título de Familia Numerosa o certificado de discapacidad emitido por la Comunidad Autónoma y el código IBAN de la cuenta bancaria del beneficiario de la ayuda.

La deducción tiene dos modalidades de cobro: mediante el cobro mensual de 100 o 200 euros (en función de si se trata de Familia Numerosa General o Familia Numerosa Especial) o bien mediante la minoración en la Declaración de la Renta 2.016 de 1.200 o 2.400 euros.

Así, aquellos contribuyentes que hayan disfrutado de la deducción mediante el abono mensual de la misma no podrán incluirla en su Declaración de la Renta 2.016. Por otro lado, al tratarse de una deducción aplicable a ambos progenitores, el importe de la misma se dividirá entre ellos a partes iguales.

Como novedad respecto a ejercicios anteriores, la AEAT permite a los contribuyentes que no estén obligados a presentar declaración ceder el derecho a la deducción en favor de otro contribuyente que tenga derecho respecto al mismo descendiente, ascendiente o familia numerosa.

Esta cesión se realizará a través del Modelo 121 y 122 que se deberá presentar en el plazo establecido para la presentación de la declaración en caso de regularización del derecho a la deducción por contribuyentes no obligados a presentar declaración.

Si necesitan asesoramiento y ayuda para la confección de su Declaración de la Renta 2.016 no dude en contactar con nuestro Departamento Fiscal en el teléfono 91 714 04 89.

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Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es