Nueva calculadora de retenciones en IRPF de la AEAT

por | Dic 10, 2020

L a Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) ha creado una nueva calculadora de retenciones en IRPF, dirigida a trabajadores autónomos, empresarios y trabajadores asalariados para que puedan calcular el tipo de retención en IRPF que le corresponde en función de sus situaciones familiares, personales y laborales.

Con esta nueva calculadora de retenciones en IRPF de la AEAT, disponible a través de la Página Web de la Agencia Tributaria, los contribuyentes pueden conocer de ante mano las retenciones en IRPF que deben aplicarse a sus nóminas o facturas en el caso de trabajadores autónomos o empresarios.

Para calcular las retenciones el IRPF que le corresponden, el contribuyente deberá aportar sus datos personales: NIF y fecha de nacimiento; sus datos familiares: si posee algún grado de discapacidad y su situación familiar, es decir, si es soltero, divorciado, viudo y si tiene o no hijos.

Asimismo, deberá incluir la información correspondiente a su situación laboral: si es trabajador en activo y qué tipo de relación laboral mantiene; si es desempleado, pensionista u otra situación laboral diferente.

Finalmente, el contribuyente deberá incluir la información relativa a ascendientes y descendientes; datos económicos (importe de las percepciones dinerarias que recibe), así como posibles datos de regularización.

Una vez que se ha incluido toda la información, la AEAT nos facilita el resultado con el tipo de retención en IRPF aplicable en base a la información facilitada. En concreto, se indica la base para calcular el tipo de retención; el mínimo personal y familiar para calcular el tipo de retención; la minoración por pagos de préstamos para vivienda habitual; el tipo de retención en IRPF y el importe anual de las retenciones e ingresos a cuenta.

Esta nueva calculadora de retenciones en IRPF de la AEAT puede ser muy útil para comprobar si el tipo de retención que se le está aplicando en la nómina de un trabajador es correcto o no. En caso de que haya discrepancias, el trabajador puede solicitar al empresario que sea modificado. Eso sí, es fundamental incluir toda la información de manera correcta para que el cálculo sea real.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es