Declaración de la Renta 2022: Deducción de Familia Numerosa

por | May 22, 2023

[vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]En la campaña de la Declaración de la Renta 2022 uno de los temas que más dudas generan son las deducciones y reducciones a las que los contribuyentes tienen derecho y que pueden modificar al alza o a la baja el resultado de su Declaración. Una de las deducciones que generan más dudas es la deducción por Familia Numerosa a la que tienen derecho los contribuyentes que ostenten el título de Familia Numerosa pudiendo acceder a una deducción en su Declaración de la Renta 2022 de 1.200 a 2.400 euros anuales, pero ¿qué requisitos adicionales deben reunir? ¿Cómo deben solicitar esa deducción? ¿Pueden disfrutar de esta deducción todos los miembros del núcleo familiar? ¿Qué ocurre cuándo los cónyuges se separan, quién tiene derecho a la deducción?[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]

¿Quiénes pueden solicitar esta deducción?

Esta deducción por Familia Numerosa consiste en un incentivo fiscal de 1.200 euros anuales para los ascendientes o hermanos huérfanos de padre y madre que formen parte de una Familia Numerosa que asciende a 2.400 euros anuales si se trata de una Familia Numerosa de categoría especial. También se pueden beneficiar las familias monoparentales con dos hijos o aquellas personas con hijos o con ascendientes con discapacidad a cargo.

Además, estas cantidades se podrán incrementar hasta en 600 euros adicionales por cada uno de los hijos que formen parte de la Familia Numerosa que exceda del número mínimo de hijos exigido para que dicha familia haya adquirido la condición de Familia Numerosa Especial. Estas cantidades serán hasta 250 euros adicionales por los meses de agosto a diciembre.[/vc_column_text][vc_column_text]

Requisitos para optar a la deducción de Familia Numerosa

Para poder solicitar esta deducción se deben reunir los siguientes requisitos:

  • Tener un título de Familia Numerosa o disponer del certificado que explica el grado de discapacidad de la persona que se tenga a su cargo.
  • Disponer del NIF tanto del solicitante como de los hijos o descendientes con discapacidad para poder presentar la solicitud.
  • El solicitante debe ser trabajador por cuenta ajena o autónomos. También derecho a esta deducción los pensionistas o desempleados que cobren prestación por desempleo.

La deducción tiene dos modalidades de cobro: mediante el cobro mensual de 100 o 200 euros (en función de si se trata de Familia Numerosa General o Familia Numerosa Especial) o bien mediante la minoración en la Declaración de la Renta 2018 de 1.200 o 2.400 euros.

Si se opta por el pago anticipado se deberá solicitar mediante el Modelo 143 que se puede tramitar en cualquiera de las oficinas de la AEAT, a través de la Sede Electrónica con DNI electrónico, PIN 24H o certificado digital o bien por teléfono facilitando el título de Familia Numerosa o certificado de discapacidad emitido por la Comunidad Autónoma y el código IBAN de la cuenta bancaria del beneficiario de la ayuda.

Si, por el contrario, se opta por la deducción a aplicar sobre la Declaración de la Renta 2022 se deberá consignar a través de RENTAWEB en las casillas correspondientes.

Además, existe la opción, tanto si se opta por una u otra modalidad de ceder el derecho a deducción a favor de otro contribuyente que tenga derecho a ella. Para ello deberán presentar el Modelo 121 y el beneficiario deberá consignar en su Declaración que le han cedido el derecho, el NIF del cedente y el importe de las cuotas satisfechas a la Seguridad Social, las cotizaciones de los contribuyentes que hayan cedido el derecho y la cuantía de los pagos anticipados.[/vc_column_text][vc_column_text]

Qué ocurre con la deducción de Familia Numerosa en caso de separación de los cónyuges

Cuando los progenitores están separados o divorciados surgen dudas sobre quién puede disfrutar de esta deducción o los requisitos adicionales que se deben cumplir. En este sentido, la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas ha determinado que un padre o madre divorciado no puede aplicarse la deducción por Familia Numerosa en su Declaración de la Renta si no cuenta con la guardia y custodia de los menores, es decir, si no convive con ellos. En estos casos, la deducción sólo se la podrá aplicar el cónyuge que conviva con los menores al seguir ostentando la condición de Familia Numerosa.

Esto es así porque el requisito principal para acceder a esta deducción es contar con un Título de Familia Numerosa, documento que sólo pertenece al cónyuge que convive con los menores y tiene su guardia y custodia pues, tras el divorcio, el otro cónyuge es excluido.[/vc_column_text][vc_column_text]

Confección y presentación de la Declaración de la Renta 2022

Si tiene alguna duda o quiere contar con la ayuda de nuestra área fiscal para la presentación de la Declaración de la Renta 2022 no dude en contactar con nosotros en los teléfonos 919 545 414 o 927 248 400. Solicite ya presupuesto desde nuestro Portal de la Campaña de Renta y Patrimonio 2022.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][/vc_column][/vc_row]

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es