El Gobierno aprueba líneas de financiación para empresas del sector del turismo

por | Jul 6, 2020

U no de los protagonistas indiscutibles del Real Decreto – Ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo ha sido el sector del turismo, uno de los grandes damnificados de la crisis económica provocada por la propagación del Coronavirus (COVID-19). Tanto es así, que en este Real Decreto – Ley se contempla una moratoria hipotecaria para las empresas y trabajadores autónomos del sector y también líneas de financiación específicas para reactivar la economía dentro del sector del turismo.

Concretamente, el Real Decreto Ley 25/2020 contempla dos líneas de financiación: Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos y Sistema extraordinario de financiación de proyectos para la transformación digital e innovación del sector turístico.

Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos

El Gobierno ha creado el instrumento “Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos” con el objeto de diseñar y desarrollar proyectos de apoyo a la inversión en actuaciones de impulso, adecuación y mejora de los destinos turísticos con el objetivo de mejorar su sostenibilidad.

Este instrumento dependerá de la Conferencia Sectorial de Turismo que será la encargada de aprobar las propuestas de planes de sostenibilidad presentadas por las entidades locales con carácter anual. La Secretaría de Estado de Turismo, las comunidades autónomas y las entidades locales firmarán convenios en los cuales se determinarán las actuaciones a realizar, el importe de la inversión, el plazo de ejecución y el porcentaje de aportación a la financiación de las administraciones participantes, que en el caso de la Secretaría de Estado de Turismo no podrá superar el cincuenta por ciento del total de cada Plan.

La ejecución material de las actuaciones incluidas en los Planes se llevará a cabo por las entidades locales, que se encargarán de la gestión y administración de las aportaciones a la financiación, que tendrán carácter anticipado.

Cada Plan contará con dos fases de ejecución de carácter anual a las cuales corresponderá un libramiento presupuestario. Con el fin de ajustar la financiación del Plan a las necesidades reales en función de la ejecución de las actuaciones, la realización de los mencionados libramientos por parte de la Secretaría de Estado de Turismo quedará condicionada a la existencia de crédito presupuestario suficiente, y a la previa ejecución de conformidad de las anualidades precedentes. Las partes firmantes del convenio desembolsarán su aportación de manera anticipada en una cuenta bancaria finalista que será abierta y gestionada por la gerencia del plan, que pertenecerá a la administración local.

Sistema extraordinario de financiación de proyectos para la transformación digital e innovación del sector turístico

El Ejecutivo también ha aprobado una línea extraordinaria de financiación denominada Sistema extraordinario de financiación de proyectos para la transformación digital e innovación del sector turístico y dirigida a empresas y trabajadores autónomos del sector turístico que se hayan visto afectados por la crisis del Coronavirus y cuyo objetivo es la inversión en materia de transformación digital e innovación de las empresas turísticas afectadas por la crisis del COVID-19.

Podrán solicitar esta línea de financiación las empresas y trabajadores autónomos que, al menos a fecha de 1 de enero de 2019, estuvieran encuadrados en la Sección I-Divisiones 55 y 56, Sección N-Subdivisión 7711 y División 79, y Sección R-División 93 del CNAE. Asimismo, deberán acreditar, en el momento de presentación de su solicitud, un nivel de fondos propios equivalente al 33% del total patrimonio neto y pasivo.

Serán objeto de financiación las actuaciones que queden encuadradas en las siguientes tipologías:

  • Proyectos que promuevan la transformación digital de las empresas.
  • Proyectos de investigación, desarrollo e innovación turísticos, siempre que no comporten una simple aplicación de investigaciones, desarrollos o innovaciones ya realizados.

Dentro de estas actuaciones, serán subvencionables los gastos de personal, costes de instrumental y material inventariable, costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.

Serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el 1 de febrero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020.

El importe de la ayuda dependerá de los gastos susceptibles de financiación, que no podrán ser inferiores a 50.000 euros y que sólo se subvencionarán hasta un 75% con el límite máximo de 800.000 euros por beneficiario.

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Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
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