Subvenciones para el fomento de solicitudes de patentes de la OEPM durante 2018

por | May 25, 2018

L a Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) ha lanzado un Programa de Subvenciones para el fomento de solicitudes de Patentes y Modelos de utilidad españoles y en el exterior cuyo objetivo es estimular la protección internacional de la tecnología a través de las patentes o modelos de utilidad así como subvencionar las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles que conlleven el pago de una tasa.

Este Programa de Ayudas se subdivide en dos programas diferentes cuyas características, objetivo, beneficiarios y cuantía de subvención es diferente según cada caso.

1. Programa de Ayudas para el Fomento de solicitudes de Patentes y Modelos de utilidad en el exterior:

Este Programa está dirigido a estimular la protección internacional de la tecnología a través de las patentes o de los modelos de utilidad subvencionando las actividades que presuponen unos costes por pago de tasa en los respectivos países en función de unas cuantías de referencia que se establecen en la Convocatoria por cada tipo de actividad realizada en un país o grupo de países y subvencionar la realización de la traducción al idioma del país en que corresponda.

Así, la finalidad de este Programa es la de fomentar las solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el extranjero utilizando la vía nacional de los distintos países, la vía europea a través de lo previsto en el Convenio sobre la concesión de Patentes Europea o la vía del Tratado de Cooperación en materia de patentes.

Las solicitudes que se deberán presentar por vía electrónica deberán reunir, al menos, una de las siguientes características:

– Su derecho de propiedad unionista debe proceder de una solicitud de patente o modelo de utilidad presentada ante la OEPM.

– Su derecho de prioridad unionista debe proceder de una solicitud internacional PCT presentada ante la OEPM en calidad de Oficina Receptora según el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes o que se trate de dicha solicitud internacional PCT.

– Su derecho de prioridad unionista debe proceder de una solicitud de patente europea presentada en la OEPM.

Asimismo, cada solicitud de subvención podrá incluir gastos correspondientes a una o varias de las vías de solicitudes mencionadas anteriormente.

Podrán solicitar estas subvenciones las personas con domicilio en España que hayan realizado directamente o a través de un tercero la actividad objeto de la subvención siempre que, siendo titular de la solicitud de patente o de modelo de utilidad en el extranjero, sea una persona física, sea considerado PYME, sea una gran empresa privada o una institución privada sin ánimo de lucro sin dependencia o vinculación al sector público.

Finalmente, las subvenciones no podrán superar el 80% de los importes señalados en la Convocatoria y la cantidad de 700 euros para las traducciones y, si el solicitante es considerado PYME o es persona física, no podrá superar el 90% de dichos importes siendo el importe máximo de las ayudas concedidas de 60.000 euros para cada uno de los solicitantes y, si son PYMES o personas físicas será de 65.000 euros.

2. Programa para Fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles

Este Programa de Ayudas está dirigido a subvencionar las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles que conlleven el pago de una tasa y que no reivindiquen ninguna prioridad unionista de acuerdo con el artículo 4 del Convenio de París para la protección de la Propiedad Industrial de 20 de Marzo de 1883.

En este caso el único requisito para acceder a las subvenciones consiste en abonar efectivamente las tasas de las actividades objeto de ayuda. .

Podrán acceder a este Programa de Ayudas las personas con domicilio en España que hayan realizado directamente o a través de un representante tercero la actividad objeto de la subvención siempre que, siendo el titular de la solicitud de patente o modelo de utilidad español,  sea persona física o sea considerado PYME teniendo en cuenta que los trabajadores autónomos serán considerados como PYME a los efectos de esta subvención.

Finalmente, la subvención no podrá superar el 90% de los importes establecidos en la Convocatoria no pudiendo superar los 65.000 euros para cada uno de los solicitantes.

El plazo para solicitar cualquiera de estas subvenciones arrancó el pasado 20 de mayo y finaliza el próximo 19 de junio de 2018 debiéndose presentar a través de la sede electrónica de la OEPM.

Si desea que desde Arrabe Asesores llevemos a cabo los trámites necesarios para solicitar esta subvención puede contactar con nuestro Despacho en el teléfono 917 140 489.

 

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Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es