Programa de ayudas a renovables en autoconsumo, almacenamiento y sistemas térmicos en Extremadura

por | Ene 28, 2022

La Secretaría General del Gobierno de Extremadura ha publicado la convocatoria del nuevo Programa de ayudas a renovables en autoconsumo, almacenamiento y sistemas térmicos cuyo Programa 4 de incentivos está dirigido a la realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento, regulado en la Orden 145/2021 de 21 de diciembre y que tiene su sustento en el Real Decreto 477/2021 de 29 de junio aprobado por el gobierno central.

Este programa de ayudas está financiado con los fondos Next Generation EU y tiene como objetivo promover la adquisición de sistemas de autoconsumo y almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial para contribuir al cumplimiento de los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que se aprueben por las instituciones europeas competentes, contribuyendo con ello a la  descarbonización de los distintos sectores de la economía, así como a la consecución de los objetivos fijados tanto por el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 como la Estrategia de Almacenamiento Energético.

Quiénes pueden solicitar estas ayudas

Podrán solicitar estas ayudas a renovables en autoconsumo, almacenamiento y sistemas térmicos

  • Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
  • Las entidades locales y el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, éste último siempre que no realice ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
  • Las personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo las entidades u organizaciones del tercer sector. A efectos de estas ayudas, se entiende como entidades u organizaciones del tercer sector las entidades u organizaciones privadas sin ánimo de lucro que no realicen ninguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
  • Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
  • Comunidades de propietarios, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, que habrán de cumplir con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía, cuando no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
  • Los ayuntamientos, las diputaciones provinciales o las entidades equivalentes y las mancomunidades, y cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes tanto de la administración local como autonómica correspondiente, podrán acceder a la condición de destinatarios últimos de las ayudas como representantes de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, de las indicadas anteriormente, propietarios de instalaciones del sector servicios u otros sectores productivos que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo la ejecución de las correspondientes actuaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, debiendo cumplirse, en todo caso, lo previsto por el párrafo segundo del artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Importe de las ayudas a renovables en autoconsumo, almacenamiento y sistemas térmicos

El importe de la ayuda dependerá de la potencia de instalación instalada. La dotación presupuestaria del Gobierno de Extremadura para la categoría de autoconsumo es de 4.205.460,00 euros y para la categoría de almacenamiento 341.936,00 euros.

Plazo de presentación de solicitudes

La presentación de solicitudes se inició el pasado 26 de enero y finalizará el 31 de diciembre de 2023 o hasta que se agoten los fondos. Las solicitudes deberán presentarse a través de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura.

Este Programa de ayudas también está ya en vigor en el resto de Comunidades Autónomas, excepto en Cantabria, La Rioja, Ceuta y Melilla que aún está pendiente de que se apruebe la convocatoria.

Si están interesados en optar a las ayudas a renovables en autoconsumo, almacenamiento y sistemas térmicos puede contactar con nuestra área de Subvenciones de Grupo Gefiscal | ETL Global para solicitar presupuesto en el teléfono 927 248 400.

Descargue nuestro informe de la Convocatoria del Programa de ayudas a renovables, almacenamiento y sistemas térmicos

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es