Los días de trabajo a tiempo parcial ya computan como trabajo a tiempo completo

por | Oct 3, 2023

Desde el 1 de octubre de 2023, los días de trabajo a tiempo parcial computarán como días de trabajo a tiempo completo, eliminando esa distinción que existía entre trabajadores a tiempo parcial y a tiempo completo.

Esta modificación tiene lugar tras la entrada en vigor del artículo 247 de la Ley General de la Seguridad Social, modificado en la última reforma de las pensiones que establece de forma literal que “se equipara el trabajo a tiempo parcial con el trabajo a tiempo completo a efectos del cómputo de los períodos cotizados para el reconocimiento de las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menor”. En este sentido, ya no habrá distinción a efectos de cotización: cualquiera que sea la duración de la jornada hecha en cada uno de ellos, se cotizará por días completos.

Este cambio supone que se han eliminado los coeficientes reductores que suponían una penalización en las prestaciones generadas desde la situación de trabajo parcial. Desde ahora, el cómputo de la carrera de cotización ya no contendrá recortes proporcionales a la parte de la jornada que no se había trabajado durante los periodos de contratación a tiempo parcial. Todos los días trabajados a tiempo parcial pasarán a ser contabilizados como días completos con independencia del porcentaje de la jornada que figurase en el contrato a tiempo parcial.

Los trabajadores a tiempo parcial se verán así beneficiados por este cambio mientras que las empresas no tendrán que asumir un sobrecoste adicional al no haber afectado a las normas de cotización.

¿Qué consecuencias tiene para los trabajadores fijo discontinuos?

En el caso de los trabajadores fijo discontinuos, la base reguladora diaria de la prestación por incapacidad temporal será el resultado de dividir la suma de las bases de cotización acreditadas desde su alta en el correspondiente régimen a consecuencia del inicio de la prestación de servicios motivado por el último llamamiento, con un máximo de tres meses inmediatamente anteriores al del hecho causante, entre el número de días naturales comprendidos en el período.

De este modo, han pasado a tener el tratamiento de personas trabajadoras a tiempo parcial para la determinación de la base reguladora diaria de la prestación por incapacidad temporal por lo que también se verán beneficiados por este cambio: las jornadas de trabajo computarán a tiempo completo.

¿Cuándo entra en vigor esta medida?

La equiparación de la cotización a tiempo parcial con la de a tiempo completo está en vigor desde el 1 de octubre de 2023 y tendrá efectos retroactivos a toda la vida laboral del trabajador. No obstante, no tendrá efectos sobre los trabajadores que ya disfrutan de su pensión.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es