¿Qué ocurre si un trabajador se retracta de la dimisión de su puesto de trabajo?

por | Nov 29, 2022

Quien se retracta de la dimisión del puesto de trabajo debe analizarlo con detenimiento, siendo una decisión que debe ser meditada por el trabajador pues, una vez tomada, puede que esa decisión no se pueda rectificar con las consecuencias que esto implica para el trabajador. En este sentido, ¿es posible que el trabajador pueda retractarse de su dimisión? ¿Qué opciones tiene la empresa? ¿Qué ocurre cuando la empresa ha aceptado esa dimisión y se niega a restituir al trabajador en su puesto de trabajo habitual? ¿Y si la empresa ya ha encontrado a una persona que cubra esa baja en la empresa?

Precisamente la retracta de la dimisión del puesto de trabajo ha sido abordada en varios momentos por los tribunales con respuestas diversas en este sentido. Desde GEFISCAL ETL Global analizamos algunos de los fallos más importantes y destacados en los que la justicia se ha puesto de lado del trabajador admitiendo la posibilidad de que se retracte así como del lado de la empresa negando que se retracte si hay un precontrato entre la ermpresa y un nuevo trabajador.

El trabajador se retracta de la dimisión del puesto de trabajo: Despido improcedente

Del lado del trabajador permitiendo que pueda retractarse de la decisión de dimitir se puso el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía que declaró como despido improcedente la decisión de una empresa de no dejar acceder a su puesto de trabajo al trabajador que presentó su dimisión y se retractó de la misma, tiempo después. El TSJ de Andalucía estima que esa retractación es lícita ya que la dimisión tuvo lugar en un entorno y en un clima de estrés laboral y ansiedad.

En concreto, el trabajador presentó su dimisión tras una reunión de trabajo que tuvo lugar una vez finalizada la jornada laboral y en la que la dirección de la empresa reclamó al trabajador una serie de irregularidades, en teoría realizadas por el empleado, dándole dos posibles soluciones: el despido disciplinario acompañado de una denuncia por parte de la empresa por las irregularidades realizadas o bien su dimisión. El trabajador optó por la segunda opción y redactó y firmo en el momento su dimisión. No obstante, tres días después, el trabajador notificó a la empresa a través de un correo electrónico y un burofax que se retractaba de su dimisión haciendo referencia a que ésta no había sido admitida ni rechazada por la empresa y que los tres días de ausencia se correspondían con días de vacaciones pendientes de disfrutar. Sin embargo, la empresa le negó el acceso a su puesto de trabajo basándose en la dimisión presentada en origen.

En la sentencia, el TSJ andaluz considera que la dimisión no fue válida al haberse realizado en un clima de estrés laboral y ansiedad, fuera de horario laboral, sin presencia de ningún representante de los trabajadores ni de ningún otro trabajador y siendo amenazado con una posible denuncia. Además, recalca que la empresa ni admitió ni rechazó esa dimisión sólo limitándose a prohibirle el acceso a su puesto de trabajo y que se debió ofrecer un preaviso de quince días como es habitual.

En resumen, no se habían cumplido los requisitos formales para que la dimisión fuera válida por lo que la negativa de la empresa de que el trabajador recupere su puesto de trabajo es constitutiva de despido improcedente teniendo el trabajador derecho a la correspondiente indemnización o a la restitución a su puesto de trabajo. En este sentido, es posible retractarse cuando esa dimisión no ha cumplido con los requisitos formales y no ha sido estimado o desestimada por parte de la empresa.

No será posible retractarse de la dimisión si hay un precontrato

Del lado contrario de quien se retracta de la dimisión de su puesto de trabajo, tenemos la reciente sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Cartagena (Murcia) que establece que si la empresa ha formalizado un precontrato para cubrir el puesto de trabajo del trabajador que ha dimitido, éste no se podrá retractar.

En concreto, estamos ante una dimisión comunicada con 30 días de antelación ante la cual la empresa formaliza un precontrato con otro trabajador para cubrir ese puesto. Días después de firmar el precontrato, el trabajador que dimitió se retractó pero la empresa cursó la baja ante lo que el trabajador demandó.

En esta sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Cartegena se entiende que no hubo una decisión de extinguir la relación laboral a causa de una modificación sustancial de condiciones de trabajo, tal y como alegó el trabajador. En este sentido, la modificación sustancial de las condiciones de trabajo alegada se debe a que el demandante disfrutaba de un horario distinto al del resto de la plantilla porque sus tareas le permitían una mayor flexibilidad, de modo que entraba más tarde que el resto de compañeros y no realizaba el descanso para la comida. A partir de 2022, sin embargo, la empresa implantó un nuevo horario tras un acuerdo con comité de empresa, de forma que el informático debía ajustar su jornada de trabajo al horario general de la empresa. Pese a argumentar que la mercantil había incurrido en esta situación, la sentencia falla que “el demandante no impugnó la decisión empresarial ni tampoco ejercitó la acción de extinción indemnizada, sino que se limitó a notificar su decisión de causar baja voluntaria sin concretar ningún motivo y sin reclamar ninguna indemnización”.

Asimismo, el juzgado alega que el trabajador se retractó sólo dos días antes de cumplirse en plazo de su baja en la empresa y si ésta la aceptó y no acepta que se retracte la dimisión sigue su curso. No obstante, alega que es posible retractarse siempre que «no se cause un perjuicio sustancial a la otra parte o a terceros, lo que supone, tratándose de dimisión preavisada, que antes de la rectificación del trabajador el empresario no haya contratado a otro empleado para sustituir al dimisionario».

Ese perjuicio, en este caso, sí se produce ya que la empresa ya había firmado un precontrato con otro trabajador y el trabajador sólo avisó dos días antes de que se cumpliera el plazo.

Estas son las dos posturas abordadas por la justicia cuando un trabajador se retracta de la dimisión de su puesto de trabajo. Desde GEFISCAL ETL Global os remendamos contactar con profesionales de cara a obtener el asesoramiento laboral y legal oportuno.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es