Pacto salarial de rentas: Ya hay acuerdo entre patronal y sindicatos

por | May 19, 2023

La patronal, representada por CEOE y Cepyme y los sindicatos, representados por Comisiones Obreras y UGT alcanzaron la pasada semana un acuerdo que cierra el pacto salarial de rentas reflejado en el V Acuerdo para el Empleo y Negociación Colectiva (AENC). Con este pacto salarial se «desenquistan» las negociaciones de 1.400 convenios colectivos y nace el compromiso de subidas salariales del 10% en tres años.

Desde GEFISCAL ETL GLOBAL analizamos los puntos clave de este V Acuerdo para el Empleo y Negociación Colectiva (AENC) firmado por patronal y sindicatos que regula el pacto salarial de rentas.

Subida salarial del 10% en tres años

La principal medida contenida en el pacto salarial de rentas alcanzado por patronal y sindicatos es la promesa y compromiso por ambas partes de una subida salarial del 10% en tres años.

Esta subida salarial tendrá efectos desde 2023 hasta 2025 no aplicándose con retroactividad a los salarios de 2022.

En lo que se refiere a 2023, la patronal y los sindicatos han acordado una subida de salarios del 4% este año que se revisará en diciembre, de modo que si la inflación en ese mes supera ese nivel, se aplicará una incremento adicional de otro 1% que se abonará en las nóminas del año siguiente. En este sentido, los expertos apuntan a que la inflación en el mes de diciembre será del 5,2%.

Para 2024, la subida sería del 3% pero si la inflación a diciembre de 2024 supera es enivel se le aplicará un incremento del 1% llegando a una subida del 4%. No obstante, las previsiones apuntan a una inflación del 3% en diciembre de 2024 por lo que la subida salarial en 2024 se quedaría en el 3%.

Finalmente, para 2025, la subida prevista será también de un 3% pero con la misma condicional de que la inflación no supere ese 3% y, de hacerlo, la subida será del 4%.

Estas son las recomendaciones de subidas salariales. No obstante, las empresas y sectores podrán adaptar las condiciones salariales propuestas por la patronal y los sindicatos, en función de su situación, resultados o el impacto que tenga en sus costes una subida del salario mínimo interprofesional, siempre teniendo en cuenta que la prioridas es el mantenimiento del empleo. De no poder llevar a cabo esas subidas salariales, las empresas podrán llevar a cabo congelaciones de salario o acometer una subida menor si con eso protege el empleo o crea más.

En este sentido, la aplicación de las directrices anteriores podrá pactarse en cada sector o empresa, con situaciones muy desiguales de crecimiento, resultados o incidencia del incremento del salario mínimo interprofesional, teniendo como objetivo el mantenimiento y la creación de empleo.

El control de las bajas laborales será gestionado por las mutuas

En este V Acuerdo para el Empleo y Negociación Colectiva (AENC) se contempla, cumpliendo así la pretensión de la patronal, que el control de las bajas laborales será gestionado por las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social con el objetivo de «atajar el problema del absentismo en nuestro país, y establecer medidas que mejoren la salud de los trabajadores para reducir la «frecuencia y duración de los tiempos de baja».

Este control se enfrenta a una elevada tasa de absentismo laboral que en el cuarto trimestre de 2022 alcanzó el 6,7%. Este absentismo laboral se compone de situaciones de Incapacidad Temporal así como de horas no trabajadas por maternidad y adopción, por permisos remunerados y por conflictividad laboral. O lo que es lo mismo, es como si 1.044.816 de asalariados no hubiesen acudido a su puesto de trabajo en dicho periodo,

Dentro de ese control, patronal y sindicatos han acordado que los distintos convenios establezcan «procedimientos y ámbitos de análisis de las bajas, que incluya un estudio de las causas, la incidencia y la duración de estas». Asimismo, se propone que «se establezcan líneas de actuación que puedan reducir el número de procesos y su duración, así como el seguimiento y evaluación de dichas actuaciones».

Por último, se insta a que las administraciones con competencias en la materia puedan desarrollar convenios con dichas Mutuas, siempre respetando la intimidad de los trabajadores y que se activen ámbitos tripartitos nacionales y autonómicos que analicen y hagan un seguimiento de las bajas temporales por contingencias comunes; estudiar el impacto que la respuesta del Sistema Nacional de Salud, en cada uno de los ámbitos, tiene en los procesos y establecer unos cánones de actuación para proteger la salud de las personas y reducir tiempos y casos, así como el seguimiento y evaluación de dichas actuaciones.

Más medidas: teletrabajo y fijos discontinuos

Los sindicatos y patronal han contemplado también instrucciones sobre la implantación del teletrabajo, consejos sobre la contratación, condiciones para los fijos discontinuos que deben acordarse en las negociaciones o directrices sobre la formación de los jóvenes.

Además, instan al Ejecutivo a modificar la normativa de revisión de precios en los procesos de contratación derivados de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público; fomente los planes de pensiones de empleo y que abra la mesa de diálogo social para modificar la regulación de la pensión de jubilación parcial y el contrato de relevo como elementos esenciales para el traslado de conocimiento, rejuvenecimiento de las plantillas, mejora de la productividad de las empresas y creación de empleo en condiciones de estabilidad.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es