Un ERE no se puede justificar en las mismas causas que un ERTE anterior

por | Dic 15, 2020

L a delicada situación económica que atraviesan actualmente muchas empresas les ha llevado a muchas de ellas a presentar un ERTE por causas de fuerza mayor, un ERTE por causas ETOP, un ERTE por limitaciones o un ERTE por impedimento y muchas de ellas también pueden empezar (si no lo han hecho ya) a plantearse la posibilidad de presentar un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) bajo los mismos argumentos y justificaciones que el ERTE ya presentado meses atrás.

Pues bien, este procedimiento, el de presentar un ERE con los mismos argumentos que un ERTE presentado meses atrás, puede ser denegado por la justicia, tal y como ya lo ha hecho el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Asturias que ha obligado a una empresa a readmitir a trece de sus trabajadores después de haber sido cesados mediante un ERE, cuyos argumentos eran idénticos a los utilizados meses atrás en un ERTE aprobado por la autoridad laboral.

En la sentencia del TSJ de Asturias, para que el ERE fuera autorizado “debe basarse en una causa distinta y sobrevenida a la alegada para solicitar el ERTE”. Es decir, para que el cese esté justificado tendrá que haber un cambio de circunstancias que haga inviable la continuidad del negocio.

Asimismo, el tribunal establece que “aunque formalmente las restricciones que justificaron el ERTE fueron distintas a las causas objetivas de las que deriva ERE, en el fondo, ambos expedientes se basaron en el mismo hecho: la reducción de la actividad debido a la pandemia”.

El fallo del TSJ de Asturias sigue la doctrina del Tribunal Supremo que establece que el empresario está vinculado por sus propios actos y, por lo tanto, ha de respetar los acuerdos alcanzados con los trabajadores y las medidas solicitadas a la autoridad laboral, salvo que las condiciones económicas empeoren drásticamente. En este sentido, la sentencia concluye que “la compañía aporta información irrelevante y no logra demostrar que sus pérdidas hayan aumentado desde que se decretó el estado de alarma”.

Finalmente, la empresa al no tener avalado ese ERE deberá readmitir a los trabajadores cesados, así como abonar los salarios que han dejado de percibir. No obstante, esta sentencia puede ser revisada por el Tribunal Supremo.

Así, las empresas que ya hayan aplicado un ERTE y tenga intención de aplicar un ERE con los mismos argumentos deben tener mucho cuidado. Para evitar sustos, desde Arrabe Asesores recomendamos contactar con nuestros expertos en asesoramiento laboral en el 917 140 489 para solicitar presupuesto por este asesoramiento.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
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