A la espera de que el primer bloque de la reforma de las pensiones sea completamente aprobado, ya se conoce cuál serán las cuantías mínimas de las pensiones abonadas por la Seguridad Social: jubilación, viudedad, incapacidad permanente, orfandad y en favor de familiares teniendo en cuenta que el IPC interanual en 2021 ha sido de un 2,5%, estas pensiones se incrementarán un 3%, al igual que las no contributivas.
Desde Arrabe Asesores os detallamos a continuación las cuantías mínimas de estas pensiones y el alza que suponen respecto a las abonadas en 2021.
Cuantía mínima de la pensión de jubilación
Se establecen las siguientes cuantías mínimas en las pensiones de jubilación:
- En el caso de personas con cónyuges a cargo, las pensiones mínimas para menores de 65 años serán de 821,81 euros mensuales (11.505,34 euros anuales); para personas de 65 años o más serán de 876,53 euros mensuales (12.271,42 euros anuales) y para personas de 65 años más que deriven de una incapacidad permanente de gran invalidez serán de 314,78 euros mensuales (18.406,92 euros anuales). Estas cuantías suponen un alza de 23,91 euros mensuales, 25,53 euros mensuales y 38,28 euros mensuales correspondientemente.
- En el caso de personas con cónyuges no a cargo, las pensiones mínimas para menores de 65 años serán de 628,17 euros mensuales (8.794,38 euros anuales), para personas de 65 años o más serán de 674,22 euros mensuales (9.439,08 euros anuales) y para personas de 65 o más derivadas de una incapacidad permanente de gran invalidez serán de 011,33 euros mensuales (14.158,62 euros anuales). Estas cuantías suponen un alza de 18,27 euros mensuales, 19,62 euros mensuales y 29,43 euros mensuales correspondientemente.
- En el caso de personas sin cónyuges, las pensiones mínimas para menores de 65 años serán de 664,65 euros mensuales (9.305,10 euros anuales), para personas de 65 años o más serán de 710,37 euros mensuales (9.945,18 euros anuales) y para personas de 65 años o más derivadas de una incapacidad permanente de gran invalidez serán de 1.065,62 euros mensuales (14.918,68 euros anuales). Estas cuantías suponen un alza de 19,35 euros mensuales, 20,67 euros mensuales y 31,02 euros mensuales correspondientemente.
Cuantía mínima de la pensión por incapacidad permanente
Se establecen las siguientes cuantías mínimas en las pensiones por incapacidad permanente:
- En el caso de personas con cónyuges a cargo, la cuantía mínima de las pensiones de gran invalidez será de 314,78 euros mensuales (18.406,92 euros anuales), la de incapacidad total y absoluta para personas de 65 años o más será de 876,53 euros mensuales (12.271,42 euros anuales), la de incapacidad total para personas de 60 a 64 años será de 821,81 euros mensuales (11.505,34 euros anuales), la de incapacidad total derivada de enfermedad común para menores de 60 años será de 523,74 euros mensuales (7.332,36 euros anuales) y la de incapacidad parcial del régimen de accidentes de trabajo en personas con 65 años o más será de 876,53 euros mensuales (12.271,42 euros anuales). Estas cuantías suponen un alza de 38,28 euros mensuales, 25,53 euros mensuales; 23,91 euros mensuales, 15,24 euros mensuales y 25,53 euros mensuales correspondientemente.
- En el caso de personas con cónyuges no a cargo, la cuantía mínima de la pensión de gran invalidez será de 011,33 euros mensuales (14.158,62 euros anuales), la de incapacidad total o absoluta para personas de 65 años o más será de 674,22 euros mensuales (9.439,08 euros anuales), la de incapacidad total para personas de 60 a 64 años será de 628,17 euros mensuales (8.794,38 euros anuales), la de incapacidad total derivada de enfermedad común para menores de 60 años será de 519,12 euros mensuales (7.267,68 euros anuales) y la de incapacidad parcial del régimen de accidentes de trabajo de personas de 65 años o más será de 674,22 euros mensuales (9.439,08 euros anuales). Estas cuantías suponen un alza de 29,43 euros mensuales, 19,62 euros mensuales; 18,27 euros mensuales, 15,12 euros mensuales y 19,62 euros mensuales correspondientemente.
- En el caso de personas sin cónyuge, la cuantía mínima de la pensión de incapacidad permanente de gran invalidez será de 065,62 euros mensuales (14.918,68 euros anuales), la de incapacidad total o absoluta para personas de 65 años o más será de 710,37 euros mensuales (9.945,18 euros anuales), la de incapacidad total para personas de 60 a 64 años será de 664,65 euros mensuales (9.305,10 euros anuales), la de incapacidad total derivada de enfermedad común para menores de 60 años será de 523,74 euros mensuales (7.332,36 euros anuales) y la de incapacidad parcial del régimen de accidentes de trabajo para personas de 65 años o más es de 710,37 euros mensuales (9.945,18 euros anuales). Estas cuantías suponen un alza de 31,02 euros mensuales, 20,67 euros mensuales; 19,35 euros mensuales, 15,24 euros mensuales y 20,67 euros mensuales correspondientemente.
Cuantía mínima de la pensión de orfandad
Se establecen las siguientes cuantías mínimas en las pensiones de orfandad:
- Los beneficiarios tendrán una pensión mínima de 217,10 euros al mes (3.039,40 euros al año) lo que supone un alza de 6,20 euros mensuales.
- Los beneficiarios menores de 18 años y con 65% o más de discapacidad tendrán una pensión mínima de 427,12 euros al mes (5.979,68 euros al año lo que supone un alza de 12,42 euros mensuales.
- En la orfandad absoluta será de 755,29 euros mensuales (10.574,06 euros anuales) a distribuir entre los beneficiarios.
Cuantía mínima de la pensión en favor de familiares
La pensión mínima será de 217,10 euros mensuales (3.039,40 euros anuales) lo que supone un alza de 6,30 euros mensuales. En los casos de ausencia de viudo o viuda y huérfanos pensionistas será de 524,67 euros mensuales (7.345,38 euros anuales) para un solo beneficiario de 65 años o más con un alza de 15,27 euros mensuales y de 494,50 euros mensuales (6.923 euros anuales) si es menor de 65 años con un alza de 14,40 euros mensuales. Si existen varios beneficiarios, la pensión mínima será el resultado de sumar a esa pensión mínima 4.494,69 euros anuales entre el número de beneficiarios.
Cuantía mínima de la pensión de viudedad
Se establecen las siguientes cuantías mínimas en las pensiones de viudedad:
- Las pensiones mínimas de las personas menores de 60 años serán de 538,16 euros mensuales (7.534,24 euros anuales) lo que supone un alza de 15,66 euros mensuales.
- Las pensiones mínimas de las personas de entre 60 y 64 años serán de 664,65 euros mensuales (9.305,10 euros anuales) lo que supone un alza de 19,35 euros mensuales.
- Las pensiones mínimas de las personas con 65 años o más o una discapacidad de al menos un 65% serán de 710,37 euros mensuales (9.945,18 euros anuales) lo que supone un alza de 20,67 euros mensuales.
- Las pensiones mínimas de las personas con cargas familiares serán de 821,81 euros mensuales (11.505,34 euros anuales) lo que supone un alza de 23,90 euros mensuales.
Estas son las cuantías mínimas de las pensiones contributivas que se revalorizarán de acuerdo al IPC. Las pensiones no contributivas y asistenciales se revalorizarán más allá del IPC tal y como se contempla en los Presupuestos Generales del Estado para 2022.
Una paguilla del 1,6% para compensar la desviación de los precios en 2021
Unido al alza en las pensiones contributivas a partir del 1 de enero de 2022, los pensionistas cobrarán una paguilla con la que se les compensará por la desviación de los precios respecto a la revalorización inicial de las pensiones. Y es que en 2021 la subida fue de un 0,9%, un 1,6% menos que la subida real de los precios. La diferencia se abonarás en la pensión del mes de enero.
En total, son 2.000 millones de euros por la paguilla y 3.900 millones de euros más por el alza de las pensiones que tendrán que salir de las arcas de la Seguridad Social.