Ayudas de hasta 20.000 euros para las empresas que reduzcan la siniestralidad laboral en la Comunidad de Madrid

por | Jun 29, 2021

L a Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de la Comunidad de Madrid ha convocado el Programa de Subvenciones dirigido a las empresas que, durante el ejercicio 2021, hayan reducido la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, con ayudas económicas de hasta 20.000 euros sobre los gastos subvencionables que hayan realizado para reducir la siniestralidad laboral.

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Para poder disfrutar de esta ayuda, las empresas deberán llevar a cabo mejoras que contribuyan a reducir la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo que pueden encuadrarse en las siguientes líneas de actuación:

  • Adquisición de maquinaria nueva, en sustitución de antigua que, si bien cumple con la legislación vigente, presenta menores niveles y prestaciones que la adquirida y el achatarramiento de la maquinaria sustituida.
  • Adaptación de equipos de trabajo en base a la seguridad y salud mínima para la utilización por parte de los trabajadores de los equipos de trabajo.
  • Diseño e instalación de sistemas de extracción localizada.
  • Adquisición de equipos de trabajo motorizados para el traslado, transporte y almacenamiento de cargas o adquisición de equipos de trabajo motorizados para la realización de trabajos en altura por trabajadores.
  • Diseño, instalación y verificación de equipos de protección colectiva o líneas de vida fijas en cubierta.

Requisitos para solicitar las ayudas por reducción de siniestralidad

Podrán solicitar estas ayudas por reducción de siniestralidad, las personas físicas o jurídicas que tengan uno o varios trabajadores por cuenta ajena, con actividad económica en la Comunidad de Madrid y que realicen alguna de las acciones o inversiones para reducir la siniestralidad laboral.

Para poder recibir las ayudas es necesario que las acciones e inversiones se realicen dentro del periodo subvencionable, desde el 1 de enero al 30 de noviembre de 2021.

Dentro de todas las acciones que se realicen, sólo se considerarán gastos subvencionables, a efectos de calcular el importe de la ayuda, el valor neto de las acciones o inversiones sin incluir el IVA; el transporte de la maquinaria o equipos adquiridos. Además, las acciones e inversiones se deben efectuar en centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid. Por el contrario, los importes recibidos por achatarramiento, descuentos y similares no serás costes subvencionables.

Cuantía de las ayudas por reducción de la siniestralidad laboral

El importe de las ayudas será de un máximo de 20.000 euros por beneficiario y año natural y variará en función de las acciones e inversiones realizadas. El importe de la ayuda dependerá del importe de los gastos subvencionables, estableciéndose los siguientes baremos:

  • Si el gasto subvencionable es menor o igual a 1.000 euros se subvencionará el 100% de los gastos cuando se trate de adquisición de maquinaria nueva, adaptación de equipos de trabajo o adquisición de equipos de trabajo para zonas de riesgo de formación de atmosferas explosivas.
  • Si el gasto subvencionable es de 1.101 a 5.000 euros se subvencionará el 75% independiente de la acción o inversión.
  • Si es superior a 5.000 euros se subvencionará el 40% con un máximo de 12.000 euros por acción.

El importe total (en el caso de solicitar varias líneas) no puede exceder de los 20.000 euros por beneficiario y ejercicio.

Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes se pueden presentar desde el pasado 15 de junio hasta el próximo 10 de septiembre de 2021.

Si desea que, desde Arrabe Asesores llevemos a cabo esta gestión para su empresa puede ponerse en contacto con nuestro Despacho en el teléfono 917 140 489 para solicitar presupuesto

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es