En los últimos años, debido a varios pronunciamientos judiciales, se ha abierto el debate sobre elevar el importe de la indemnización por despido improcedente en determinadas circunstancias siendo esto apoyado por varios pronunciamientos favorables del Consejo de Europa y tras darse alguna sentencia en este sentido como la establecida por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña.
Ahora, el Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha establecido que la indemnización por despido improcedente no podrá ser incrementada por los jueces alegando circunstancias específicas en cada caso. Concretamente, en una nota publicada por el Alto Tribunal, se establece que “no puede verse incrementada en vía judicial con otras cuantías que atiendan a las circunstancias concretas de cada caso” al considerar que no existe vulneración del artículo 10 del Convenio 158 de la OIT ni del artículo 24 de la Carta Social Europea.
En la sentencia, el Alto Tribunal alega que la expresión “derecho a una indemnización adecuada” obedecen a declaraciones programáticas, compromisos internacionales abiertos a distintas interpretaciones y cuya concreción requeriría una intervención expresa del legislador en la normativa interna.
Es más, alega que el Tribunal Constitucional ha considerado reiteradamente que la indemnización por despido improcedente es adecuada a los fines exigidos por los tratados internacionales. Y además recuerda que la normativa del propio Consejo de Europa establece que las decisiones del Comité ni siquiera vinculan al Comité de Ministros del Consejo, y mucho menos a los tribunales internos de los Estados miembros.
Así las cosas, el Supremo parece cerrar la puerta a que, por vía judicial, se puedan imponer indemnizaciones por despido superiores a la establecida por el Estatuto de los Trabajadores que, recordemos, son 33 días de salario por año de servicio con un máximo de 24 mensualidades.
¿Qué ocurrirá a partir de ahora en materia de indemnizaciones por despido improcedente?
Este fallo del Alto Tribunal aporta seguridad jurídica en este sentido y es posible que ya no se vean más sentencias en la que se eleva el importe de la indemnización por despido improcedente.
No obstante, desde GEFISCAL os mantendremos informados de las novedades que puedan surgir al respecto. Si necesitas asesoramiento puedes contactar con nuestra área laboral para solicitar presupuesto.
¿Quieres estar al tanto de las últimas sentencias en materia fiscal? Accede ya a nuestra área de jurisprudencia de nuestro Blog.