“Muerte civil” para las empresas que cometan fraude fiscal

por | Nov 30, 2021

L a Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado (AHE) ha propuesto impulsar la “muerte civil” de las empresas que cometan fraude fiscal a fin de que se les impida optar a licitaciones públicas, recibir subvenciones o incentivos fiscales o tan sólo emitir facturas. Así viene recogido en el informe Algunas propuestas contra el fraude fiscal y de reformas de las administraciones tributarias en el marco del Plan de Resiliencia.

Esta “muerte civil” debería regularse dentro de la Ley General Tributaria (LGT) estableciéndose como un mecanismo a través del cual las empresas que cometan fraude fiscal no puedan continuar con su normal operativa económica. En este sentido, esta “muerte civil” estaría dirigida a los testaferros, sociedades pantalla, entidades interpuestas o tramas de fraude; a los contribuyentes ilocalizables o que no comparezcan ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) reiteradamente; los responsables solidarios de deudas; las firmas sancionadas por infracciones firmes a partir de determinados importes; o las compañías condenadas por delitos frente a la Hacienda Pública o insolvencia punible.

¿Qué implicaría esa “muerte civil” para las empresas o contribuyentes afectados?

La AHE propone que esa “muerte civil” implique a los contribuyentes defraudadores la imposibilidad expedir facturas; de contratar con la Administración Pública; de realizar escrituras notariales de carácter económico (salvo para cancelar sus deudas fiscales); el cierre de su operativa financiera y cancelación de su NIF; la denegación de todo tipo de subvenciones o ayudas públicas; veto al acceso a licitaciones y ayudas públicas y no aplicación de beneficios e incentivos fiscales.

En cuanto a los contribuyentes particulares, la AHE establece que se podría completar el indicador de la renta declarada en el IRPF, actualmente utilizado como indicador de capacidad económica de cara a becas, ayudas públicas, o prestaciones, con requisitos ligados a la situación patrimonial de la persona y de su entorno familiar. Se tomarían en consideración datos sobre titularidad de vehículos, inmuebles y resto de activos, gastos realizados, acceso a cuentas y medios de pago propios o de terceros.

Finalmente, la AHE apuesta también por rebajar de 600.000 a 300.000 euros el umbral de deudas con la AEAT para aparecer en el listado público de morosos de Hacienda.

Este tipo de medidas tienen como finalidad frenar el fraude fiscal y el blanqueo de capitales con un sistema en el que la empresa se enfrente a graves consecuencias si comete algún tipo de fraude fiscal.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es