[vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]L as micropymes en España “gozan” de un tratamiento fiscal menos beneficioso que en el resto de países de la Unión Europea al carecer de una exención en IVA que sí existe en muchos países de la zona Euro, con umbrales para minimizar el impacto de este impuesto en este tipo de empresas y con exención total de IVA para aquellas que no superen un mínimo de facturación, así como tipos de gravamen en el Impuesto sobre Sociedades reducidos. Precisamente esta es una de las reclamaciones que con más ahínco realizan las micropymes a las autoridades fiscales españolas.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]Exención de IVA y tipos de gravamen reducidos en el Impuesto sobre Sociedades son algunas de las medidas llevadas a cabo en países de la Unión Europea para mitigar la carga fiscal de las micropymes.[/vc_column_text][vc_column_text]
Umbrales de facturación para la exención de IVA
En los países de la Unión Europea (a excepción de España), las micropymes no cobran el IVA sobre sus productos vendidos a los clientes, pero tampoco pueden recibir un reembolso por el IVA pagado sobre los insumos comerciales. Para ello, cuentan con umbrales de exención del IVA. Si una empresa está por debajo de un determinado umbral de ingresos anuales, no está obligada a participar en el sistema del IVA.
Cada país establece sus propios umbrales: Reino Unido tiene el umbral de exención de IVA más alto, con 95.538 euros; Suiza cuenta con un umbral de 93.414 euros; Francia tiene un umbral de 85.800 euros; Portugal lo tiene fijado en 12.500 euros; Italia en 65.000 euros y Alemania en 22.000 euros.[/vc_column_text][vc_column_text]
Tipos reducidos en Impuesto sobre Sociedades
Además de fijar un umbral mínimo de facturación para pagar IVA, un tercio de loa países de la Unión Europea han creado un tipo reducido mínimo especial en el Impuesto sobre Sociedades para reducir la carga sobre las pymes. Ocho Estados europeos cuentan con estas tasas especiales. En concreto, Bélgica, Francia, Lituania, Luxemburgo, los Países Bajos, Polonia, Portugal y Eslovaquia han implementado el tipo reducido en Sociedades para estas empresas. Sin embargo, España no contempla esta medida, pese a tener una de las economías más dependientes de las pymes.
Este tipo mínimo en el Impuesto sobre Sociedades se aplica a las empresas que tienen ingresos o beneficios por debajo de cierto umbral. Las tasas reducidas a las empresas van en 2021 del 5% en Lituania hasta el 22,8% que se ha establecido en Luxemburgo.
En este sentido, el caso portugués es muy significativo con una diferencia del 14,50% entre el tipo de gravamen mínimo en Sociedades y el estándar. En el país vecino, las grandes empresas pagan un tipo de gravamen estándar del 31,5%, mientras que las pequeñas empresas pagan un tipo de gravamen del 17% sobre la renta imponible hasta 25.000 euros.
Francia tiene la segunda diferencia más grande, con un 13,41% de diferencia entre el tipo mínimo y el estándar. El país aplica un tipo máximo estándar del 28,41% a las empresas con ingresos superiores a 250 millones de euros sobre ingresos imponibles superiores a 763.000 euros. Mientras, las pequeñas empresas con ingresos inferiores a 10 millones de euros pagan un tipo reducido del 15% sobre beneficios de hasta los 38.120 euros.
En Letonia se permite a los propietarios de microempresas -empresas con ingresos inferiores a 25.000 euros- la opción de tributar al 25% de los ingresos, de los cuales el 80% constituye las contribuciones a la Seguridad Social del propietario y el 20% del impuesto sobre la renta personal.
De momento, en España no se han implantado medidas fiscales para las micropymes similares a las ya existentes en otros países de la Unión Europea aunque la nueva Ley de Startups sí contempla importantes incentivos y reducciones fiscales.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][/vc_column][/vc_row]