L as mujeres trabajadoras que hayan tenido o adoptado un hijo o hayan acogido a un menor en los últimos tres años podrán disfrutar de una deducción de 1.200 euros en su Declaración de la Renta 2.016 ¿Pero qué requisitos se deben reunir para que se pueda aplicar esta deducción? ¿Cómo se debe comunicar a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) para que se aplique la deducción? Desde Arrabe Asesores, como expertos en asesoramiento fiscal a particulares desvelamos las claves de esta importante deducción.
La deducción de 1.200 euros por maternidad está dirigida a las mujeres trabajadoras que tengan o adopten un hijo o bien acojan a un menor de tres años a contar desde la fecha del parto, adopción o inicio del acogimiento familiar avaladas por la fecha de inscripción en el Registro Civil, fecha de la resolución judicial o administrativa que lo justifique.
De manera adicional se deben cumplir los siguientes requisitos:
– Estar dadas de alta en la Seguridad Social en el régimen que corresponda o bien en la Mutualidad correspondiente.
– Haber cotizado en la Seguridad Social 15 días de cada mes a jornada completa o el mes entero en jornadas parciales que supongan, al menos, el 50% de la jornada ordinaria de la empresa.
Una vez cumplidos estos requisitos, la deducción se calculará en función del número de meses en que se cumplan los mismos incluyendo el mes de nacimiento y no computando el mes de cumplimiento de los tres años de vida del menor.
Para poder disfrutar de esta deducción, la AEAT abre dos posibles vías:
– Deducción de 1.200 euros de forma anticipada: Las solicitantes recibirán una ayuda de 100 euros mensuales por cada hijo que le otorgue ese derecho y por cada uno de los meses en que estén dados de alta y cotizando en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad durante un mínimo de 15 días. La cantidad de 100 euros por cada hijo se ingresará por transferencia bancaria una vez que se haya solicitado mediante el Modelo 140.
– Deducción de 1.200 euros en la Declaración de la Renta: La deducción se realizará en el momento de confeccionar y presentar la Declaración de la Renta debiendo indicar si ya se ha disfrutado de manera anticipada de dicha deducción.
Desde Arrabe Asesores, como expertos en asesoramiento fiscal a particulares podemos asesorarte para la confección y presentación de la Declaración de la Renta 2.016.
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