Deducción del IVA en gasolina o diésel para trabajadores autónomos

por | Nov 30, 2021

L os trabajadores autónomos pueden deducirse hasta el 100% del IVA por gastos de combustible siempre y cuando cumplan ciertos requisitos como ocurre con el resto de gastos susceptibles de deducción como las dietas o el alquiler del inmueble donde desarrollan su actividad profesional.

En el caso de la deducción del IVA del combustible, los trabajadores autónomos pueden deducirse entre el 50% y el 100% en función de si el vehículo está o no afecto a su actividad profesional y del tipo de trabajo que desarrolle el autónomo.

En este sentido, para que el trabajador autónomo pueda deducirse hasta el 50% del IVA del diésel o de la gasolina debe contar con una factura del alquiler del vehículo a nombre del trabajador autónomo; que la factura de la gasolina o diésel esté a nombre del profesional y el titular del vehículo debe ser el propio autónomo para poder aplicarse la deducción.

Para optar a una deducción del 100% del IVA del diésel o gasolina el profesional debe indicar cuánto utiliza el vehículo, así como los usos que le da al coche o el número de kilómetros que suele realizar. En este sentido, esa deducción del 100% del IVA sería admitida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) cuando se trate de vehículos mixtos de transporte de mercancías o si son vehículos de prestación de servicios de transporte de viajeros por contraprestación. Lo mismo sucede cuando el coche pertenece a servicios de enseñanza de conductores por contraprestación, como en las autoescuelas. Asimismo, se podrá aplicar dicha deducción cuando el vehículo lo utilicen fabricantes para pruebas de calidad o en su promoción, así como cuando se empleen en labores comerciales o de vigilancia o seguridad.

Si se cumplen estos requisitos, el trabajador autónomo podrá deducirse el IVA de los gastos de gasolina o diésel. No obstante, recomendamos siempre contactar con un asesor especializado a fin de evitar posibles comprobaciones por parte de la AEAT. Puede solicitar presupuesto para asesoramiento fiscal en nuestro Despacho en el teléfono 917 140 489.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es