Cambios en el sistema de pagos fraccionados en el Impuesto sobre Sociedades durante el ejercicio 2021

por | Mar 4, 2021

Concretamente, el Real Decreto-ley 15/2020 permitió, con carácter excepcional, para los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2020, que los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades pudieran ejercer la opción de realizar los pagos fraccionados sobre la parte de la base imponible del período de los 3, 9 u 11 primeros meses mediante la presentación, en el plazo ampliado a que se refiere el artículo único del Real Decreto-ley 15/2020 (hasta el 20 de mayo de 2020), del primer pago fraccionado en caso de que su volumen de operaciones no fuera superior a 600.000 euros en el año 2019 o bien mediante la presentación del segundo pago fraccionado en caso de que su volumen de operaciones fuera superior a 600.000 euros en el año 2019 pero su importe neto de la cifra de negocios no hubiera superado la cantidad de 6.000.000 de euros durante los 12 meses anteriores.

El contribuyente que ejercitó la opción con arreglo a lo dispuesto en el párrafo anterior quedó vinculado a esta modalidad de pago fraccionado respecto de los pagos correspondientes al mismo periodo impositivo y sólo para dicho periodo.

Una vez finalizado el ejercicio 2020 y de cara a realizar los pagos fraccionados en el Impuesto sobre Sociedades durante el ejercicio 2021, ¿esa opción realizada durante 2020 vincula para 2021? Esta cuestión, que ha sido planteada por muchas empresas en las últimas semanas, ha sido resuelta por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) a través del apartado de preguntas frecuentes de la Página Web de la AEAT.

La AEAT, en este sentido, establece que para los periodos impositivos iniciados a partir de 2021 los contribuyentes que hubieran optado el año pasado por dicha modalidad del art. 40.3 LIS necesitaran la presentación en el mes de febrero de 2021 del modelo censal 036 si pretenden seguir con la opción del apartado 3 del artículo 40 del LIS. Por tanto, como ya se ha puesta de manifiesto, esa opción era sólo aplicable para el ejercicio 2020 y si se desea continuar en 2021 con esa misma opción se deberá comunicar y solicitar a la AEAT.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es