Calendario de días inhábiles para el año 2025

por | Dic 20, 2024

El año 2025 trae consigo un nuevo ciclo de días festivos y fechas clave que influirán en el ámbito laboral y administrativo. Es este sentido es importante conocer qué días son inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos.

Los días inhábiles son aquellas fechas en las que no se realizan actividades laborales ni administrativas, generalmente debido a festivos nacionales, autonómicos o locales, o a razones específicas contempladas por la normativa. Conocer estos días es esencial tanto para las empresas como para los ciudadanos, ya que afectan plazos legales, administrativos y laborales.

Días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado

Se consideran días inhábiles, en el ámbito de la Administración General del Estado y a efectos del cómputo de plazos:

  • En todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los festivos de ámbito nacional que no sean sustituibles, o aquellos en los que ninguna Comunidad Autónoma haya ejercido su derecho a sustitución.
  • En el ámbito de las Comunidades Autónomas: los días festivos que cada Comunidad Autónoma declare como inhábiles.
  • En el ámbito de las entidades locales: las fechas que las Comunidades Autónomas incluyan en sus respectivos calendarios de días inhábiles para las Administraciones Locales.

Es importante destacar que los días hábiles no siempre coinciden con los días laborables, ya que, aunque los sábados se consideren inhábiles a efectos administrativos, siguen siendo laborables en ciertos casos.

Calendario días inhábiles 2025

Se celebrarán en toda España a la vez lo siguientes festivos durante el año 2025:

  • Todos los sábados y domingos del año.
  • 1 de enero (Año Nuevo): Inhábil en todo el territorio nacional.
  • 6 de enero (Epifanía del Señor): Inhábil en todo el territorio nacional.
  • 28 de febrero: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • 1 de marzo: Inhábil en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
  • 19 de marzo (San José): Inhábil en la Comunidad Valenciana, Región de Murcia, Galicia, Navarra y Extremadura.
  • 17 de abril (Jueves Santo): Inhábil en Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra, País Vasco, La Rioja, Ceuta y Melilla.
  • 18 de abril (Viernes Santo): Inhábil en todo el territorio nacional.
  • 22 de abril (Lunes de Pascua): Inhábil en Baleares, Cataluña, Comunidad Valenciana, Navarra, País Vasco y La Rioja.
  • 23 de abril (San Jorge): Inhábil en Aragón y Castilla y León.
  • 1 de mayo (Día del Trabajo): Inhábil en todo el territorio nacional.
  • 17 de mayo: Inhábil en Galicia.
  • 30 de mayo (Día de Canarias): Inhábil en Canarias.
  • 9 de junio: Inhábil en La Rioja y Murcia (Día de la Región de Murcia) y Castilla-La Mancha (Día de Castilla-La Mancha).
  • 24 de junio (San Juan): Inhábil en Cataluña, Baleares y Comunidad Valenciana.
  • 25 de julio (Santiago Apóstol): Inhábil en Galicia, País Vasco, Madrid, Navarra y Cantabria.
  • 5 de agosto: Inhábil en Ceuta (Nuestra Señora de África).
  • 15 de agosto (Asunción de la Virgen): Inhábil en todo el territorio nacional.
  • 8 de septiembre: Inhábil en Asturias (Día de Asturias) y Extremadura (Día de Extremadura).
  • 11 de septiembre: Inhábil en Cataluña (Diada Nacional de Catalunya).
  • 15 de septiembre: Inhábil en Cantabria (Día de La Bien Aparecida).
  • 9 de octubre: Inhábil en la Comunidad Valenciana (Día de la Comunidad Valenciana).
  • 13 de octubre (Traslado del Día de la Hispanidad): Inhábil en Andalucía, Aragón, Asturias, Castillas y León y Extremadura.
  • 1 de noviembre (Día de Todos los Santos): Inhábil en todo el territorio nacional.
  • 6 de diciembre (Día de la Constitución Española): Inhábil en todo el territorio nacional.
  • 8 de diciembre (Inmaculada Concepción): Inhábil en todo el territorio nacional.
  • 25 de diciembre (Navidad): Inhábil en todo el territorio nacional.
  • 26 de diciembre (San Esteban): Inhábil en Cataluña y Baleares.

 

Además, también serán inhábiles en el ámbito de las Corporaciones Locales aquellos días que sean festivos locales según lo que determine cada Ayuntamiento o Corporación Local.

 

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es