927 248 400 ✆ 919 545 414 comunicacion@gefiscal.es

La mayoría de empresas leyó «aplazado a 2027» y dejó de leer. Es comprensible. Pero el retraso no cancela la obligación, solo cambia la fecha límite. Y hay algo que nadie te va a decir si no preguntas: hay decisiones que conviene tomar ahora, precisamente porque tienes tiempo. 

Qué ha cambiado y qué no 

A finales de 2025, el Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 15/2025 ampliando los plazos de adaptación a Veri*Factu. Las nuevas fechas son: 

  • Sociedades y entidades que tributan por el Impuesto sobre Sociedades: antes del 1 de enero de 2027. 
  • Autónomos y resto de obligados tributarios: antes del 1 de julio de 2027. 

Lo que no ha cambiado es que los desarrolladores de software de facturación ya debían tener sus sistemas adaptados desde julio de 2025. Eso significa que el mercado ya se ha movido. Si tu proveedor de software todavía no te ha informado sobre Veri*Factu, es una señal que merece atención. 

 De qué hablamos cuando hablamos de Veri*Factu 

Veri*Factu es el sistema que la Agencia Tributaria (AEAT) exigirá a todos los Sistemas de Información de Facturación (SIF) — es decir, a cualquier software con el que emitas facturas. La norma tiene dos objetivos claros: eliminar el software de doble uso (el que permite borrar o alterar facturas sin dejar rastro) y mejorar el control sobre el fraude en la facturación. 

Lo que muchas empresas no saben aún es que no hay una única forma de cumplir. Existen dos modalidades: 

Modalidad Veri*Factu: el software envía automáticamente cada registro de factura a la AEAT en tiempo real. A cambio, el contribuyente queda exonerado de conservar esos registros por su cuenta. 

Modalidad No-Veri*Factu: el sistema no envía nada a Hacienda de forma automática, pero debe garantizar la integridad de los registros mediante encadenamiento de huellas digitales (hash). Los registros se conservan internamente y pueden ser requeridos en cualquier momento. 

Ninguna modalidad es mejor en abstracto. Cuál conviene depende del volumen de facturación, del tipo de clientes, del software que uses y de cómo esté organizada tu contabilidad. 

 Las tres preguntas que conviene hacerse ahora 
  1. ¿Mi software de facturación ya está adaptado?

Con los plazos anteriores a empresas, muchos proveedores lanzaron versiones certificadas en 2025. Pero no todos los clientes han actualizado, y no todas las versiones antiguas son compatibles. Antes de 2027, tu software debe cumplir con los requisitos técnicos del Reglamento de Requisitos de los Sistemas Informáticos de Facturación (RRSIF). Si tienes dudas sobre si tu versión actual lo cumple, este es el momento de verificarlo, no cuando se acerque el plazo. 

  1. ¿Qué modalidad me conviene:VeriFactuo No-VeriFactu? 

Esta no es una decisión técnica, es una decisión de gestión. La modalidad VeriFactu puede simplificar tu relación con Hacienda, pero implica que cada factura que emitas queda registrada en los sistemas de la AEAT en tiempo real. La modalidad No-VeriFactu ofrece más control interno, pero exige mayor disciplina documental. Decidirlo ahora, con calma, es muy diferente a hacerlo bajo presión en diciembre de 2026. 

  1. ¿Veri*Factues lo mismo que la factura electrónica?

No. Y esta confusión está costando tiempo y dinero a muchas empresas. Veri*Factu regula cómo debe funcionar el software de facturación. La factura electrónica obligatoria (derivada de la Ley Crea y Crece) regula el formato en que debes emitir y recibir facturas entre empresas. Son dos obligaciones distintas, con calendarios distintos y con implicaciones distintas. Cumplir una no significa cumplir la otra. 

Por qué el plazo extra es una ventaja real, pero solo si se usa 

El retraso a 2027 tiene una consecuencia práctica que pocas empresas están aprovechando: la presión sobre proveedores de software se ha reducido, lo que significa que ahora hay más capacidad para analizar con calma qué sistema necesitas, comparar soluciones y hacer la transición sin prisas. 

Las empresas que adapten sus sistemas en 2026 llegarán a 2027 habiéndolo probado ya en condiciones reales, habiendo corregido incidencias y con los procesos internos consolidados. Las que esperen al último momento se encontrarán con proveedores saturados, plazos de implementación comprimidos y el riesgo de arrancar en producción con un sistema que no domina nadie.  

Cómo puede ayudarte Gefiscal 

En Gefiscal llevamos más de 45 años ayudando a pymes, autónomos y empresas a tomar decisiones fiscales con criterio. Veri*Factu no es solo un cambio técnico, tiene implicaciones fiscales, documentales y de gestión que conviene analizar desde el asesoramiento profesional. 

Si quieres revisar qué modalidad te conviene, si tu software actual cumplirá los requisitos o cómo afecta Veri*Factu a tu situación concreta, nuestro equipo puede orientarte. Contacta con nosotros en los teléfonos 919 545 414 o 927 248 400.