La AEAT mejora la deducción en I+D+i de empresas con cifra de negocio superior a 20 millones de euros

por | Mar 3, 2023

La Dirección General de Tributos (DGT) ha establecido, en una reciente Consulta Vinculante, que las empresas con una cifra de negocio superior a 20 millones de euros podrán aplicarse la deducción en I+D+i una vez determinada su cuota líquida y, si en caso de superar esta cuantía de su cuota, podrán solicitar a Hacienda el abono de la cifra que no haya podido ser deducida. En la Consulta Vinculante, puntualiza la DGT que esta cuantía o crédito fiscal llevaría el descuento del 20% del importe adelantado.

Esta Consulta Vinculante, supone que las empresas con una cifra de negocio superior a 20 millones de euros podrán compatibilizar la tributación mínima con el mecanismo de la deducción de I+D+ì o cash – back.

Este pronunciamiento surge después de que una modificación en el Impuesto sobre Sociedades que introduje la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022 estableció que las empresas debían tributar a un tipo mínimo del 15% afectando esto a una posible aplicación de deducción por inversiones en I+D+i más allá de la cuantía resultante a pagar. Así, se generó bastante confusión a la hora de aplicarse esta deducción y ahora esta Consulta Vinculante lo aclara.

Requisitos para optar a una deducción en I+D+i

Desde el área fiscal de GEFISCAL ETL GLOBAL recordamos que, para que una empresa pueda aplicarse una deducción por inversión en tecnología debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Haber obtenido un informe motivado sobre la calificación de la actividad como I+D+i.
  • Que haya transcurrido, al menos, un año desde la finalización del periodo impositivo en que se generó la deducción y que no se haya aplicado.
  • Que la plantilla media o alternativamente, la adscrita a actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica, no se vea reducida desde el final del periodo impositivo en que se generó la deducción hasta 24 meses posteriores.

Esta Consulta Vinculante ha sido bien recibida por las empresas que podrán realizar inversiones en I+D+i beneficiándose de esta deducción en IS.

Si tienes dudas sobre su aplicación, puede contactar con nuestra área fiscal para solicitar presupuesto en los teléfonos 927 248 400 y 919 545 414.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es