Calendario de días inhábiles para 2020

por | Dic 19, 2019

L a Secretaría de Estado de Función Pública ha hecho público el nuevo calendario de días inhábiles para el año 2020 a efectos del cómputo de plazos administrativos. Así, en la relación de días inhábiles no se podrán realizar trámites administrativos en ninguna Administración ni Institución Pública ni tampoco se contabilizarán dentro de los plazos computables para realizar dichos trámites.

Así, se establece que serán inhábiles en todo el ámbito territorial nacional los sábados, domingos y días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no ha ejercido facultad de sustitución que aparecen recogidos en el calendario laboral 2020 y que serían los siguientes:

  • 1 de enero: Día de Año Nuevo.
  • 6 de enero: Día de Reyes.
  • 10 de abril: Viernes Santo.
  • 1 de mayo: Día del Trabajo.
  • 15 de agosto: Asunción de la Virgen.
  • 12 de octubre: Fiesta Nacional de España.
  • 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción
  • 25 de diciembre: Día de Navidad

Días Inhábiles por Comunidades Autónomas

También serán inhábiles, en el ámbito de cada Comunidad Autónoma, aquellos días determinados por éstas como festivos que serían los siguientes:

  • 28 de febrero: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • 13 de marzo: Inhábil en la Ciudad de Melilla.
  • 19 de marzo: Inhábil en las Comunidades de Castilla La Mancha, Galicia, de la Región de Murcia, del País Vasco, de Valencia y de Navarra.
  • 9 de abril: Inhábil en las Comunidades de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de las Islas Baleares, de Canarias, de Cantabria, de Castilla – La Mancha, de Castilla y León, de Extremadura, de Galicia, de la Comunidad de Madrid, de Murcia, de Navarra, de País Vasco, de La Rioja y de las ciudades de Ceuta y Melilla.
  • 13 de abril: Inhábil en las Comunidades de las Islas Baleares, de Cantabria, de Castilla La Mancha, de Cataluña, de Comunidad Valenciana, de Navarra, de La Rioja y de País Vasco.
  • 23 de abril: Inhábil en las Comunidades de Aragón y de Castilla y León.
  • 9 de junio: Inhábil en las Comunidades de Murcia y La Rioja.
  • 11 de junio: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha.
  • 24 de junio: Inhábil en las Comunidades de Cataluña, Galicia y Valencia.
  • 28 de julio: Inhábil en las Comunidad Autónoma de Cantabria.
  • 31 de julio: Inhábil en la Ciudad de Ceuta y Melilla.
  • 2 de septiembre: Inhábil en la ciudad de Ceuta.
  • 8 de septiembre: Inhábil en las Comunidades de Asturias y Extremadura.
  • 11 de septiembre: Inhábil en la Comunidad de Cataluña.
  • 15 de septiembre: Inhábil en la Comunidad de Cantabria.
  • 9 de octubre: Inhábil en la Comunidad Valenciana.
  • 2 de noviembre: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, de Asturias, Extremadura, de Castilla y León y de la Comunidad de Madrid.
  • 7 de diciembre: Inhábil en Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, de Asturias, de las Islas Baleares, de Canarias, de Extremadura, de la Región de Murcia, de la Rioja, de Castilla y León, de la Comunidad de Madrid, de Navarra y en las ciudades de Ceuta y Melilla.

Además, también serán inhábiles en el ámbito de las Corporaciones Locales aquellos días que sean festivos locales según lo que determine cada Ayuntamiento o Corporación Local.

Actualización: Días Inhábiles como consecuencia de la declaración del Estado de Alarma

Como consecuencia de la declaración del Estado de Alarma por parte del Gobierno, el pasado 14 de marzo de 2020, la Comunidad de Madrid ha anunciado que declara inhábiles los días comprendidos entre el 13 y 26 de marzo de 2020.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es