La Comunidad de Madrid entra en Fase 1 del Plan de Desescalada

por | May 25, 2020

E l Plan para la Transición hacia una nueva normalidad aprobado por el Gobierno el pasado 28 de abril, continúa según los plazos inicialmente establecidos para aquellas regiones y provincias que hayan conseguido pasar a la Fase 1 del Plan de Desescalada al cumplir los criterios establecidos por el Ministerio de Sanidad. Así, las primeras comunidades autónomas, provincias y regiones iniciaron la Fase 1 el pasado 11 de mayo, seguidas de otras regiones que lo hicieron el 18 de mayo hasta llegar a hoy, 25 de mayo, fecha en la cual la mitad de la geografía española ya se encuentra en Fase 1 frente a la otra mitad que ya está en Fase 2.

¿Qué provincias y regiones están ya en la Fase 1 ?

El pasado 8 de mayo, el Ministerio de Sanidad, en una rueda de prensa protagonizada por el ministro de Sanidad, Salvador Illa y el Director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, anunció las provincias y regiones que desde el 11 de mayo se encontrarían en Fase 1 del Plan de Desescalada. Lo mismo sucedió el pasado 15 de mayo y 22 de mayo, fechas en las que el Ministerio ha ido informando de las regiones que van pasando de Fase. Actualmente, la mitad de la geografía ya está en Fase 1 frente a la otra mitad que ya está en Fase 2.

Así, las provincias y regiones que comenzaron el 11 de mayo la Fase 1 del Plan de Desescalada son:

  • Galicia.
  • Asturias.
  • Cantabria.
  • País Vasco.
  • Navarra.
  • La Rioja.
  • Aragón.
  • Cataluña (Sólo las regiones de Campo de Tarragona, Tierras del Ebro y Alto Pirineo y Arán).
  • Comunidad Valenciana (Sólo las regiones de Vinaroz en Castellón; Requena, Xátiva – Ontinyent y Gandía en Valencia y Alcoy, Denia, Marina Baixa, Elda, Orihuela y Torrevieja en Alicante).
  • Islas Baleares.
  • Murcia.
  • Andalucía (A excepción de Málaga y Granada).
  • Extremadura.
  • Castilla La Mancha (Sólo las provincias de Cuenca y Guadalajara).
  • Castilla Y León (Sólo las regiones de Muñicos en Ávila; Sedano, Valle de Losa, Quintanar de la Sierra, Espinosa de los Monteros, Pampliega y Valle de Mena en Burgos; Truchas, Matallana de Torío y Riaño en León; Torquemada en Palencia; Robleda, Aldeávila de la Ribera, Lumbrales y Miranda del Castañar en Salamanca; Alaejos, Mayorga de Campos y Esguevillas de Esgueva en Valladolid; Alta Sanabria, Carbajales de Alba, Tábara, Santíbañez de Vidriales, Alcañices, Corrales del Vino y Villalpando en Zamora y San Pedro Manrique en Soria.
  • Islas Canarias.
  • Ceuta y Melilla.

Las provincias y regiones que comenzaron el 18 de mayo la Fase 1 del Plan de Desescalada son:

  • Cataluña (A excepción del área metropolitana de Barcelona).
  • Comunidad Valenciana (Entran en Fase 1 las regiones que aún estaban en Fase 0).
  • Andalucía (Toda la Comunidad está en Fase 1 con la entrada de Málaga y Granada).
  • Castilla La Mancha (Toda la Comunidad está en Fase 1 con la entrada de Toledo, Albacete y Ciudad Real).
  • Castilla Y León (Entran en Fase 1 las áreas de salud de Mombeltrán, San Pedro Arroyo y Madrigal de las Altas Torres en Ávila; Huerta del Rey, Melgar de Fernamental, Valle Tobalina, Sahagún de Campos, Valderas, Bembibre, Cacabelas, Fabero y todas las áreas de salud de El Bierzo en León; Cervera de Pisuerga, Guardo, Paredes de Nava y Villamuriel de Cerrato en Palencia; Calzada de Valdunciel, Cantalapiedra, Fuentes de Oñoro, Matilla de los Caños, Peñaranda y Fuenteguiraldo en Salamanca; Sepúlveda y Navafría en Segovia; Berlanga de Duero y Ólvega en Soria; Mota del Marqués, Villafrechós y Villalón de Campos en Valladolid y Camarzana de Tera, Villarín y Mombuey en Zamora.

Finalmente, hoy 25 de mayo, han entrado en Fase 1 el área metropolitana de Barcelona, la Comunidad de Madrid y las áreas de salud de Castilla y León que estaban pendientes. 

Con el inicio de la Fase 1 en estas regiones y provincias, analizamos las actividades que se van a poder desarrollar, los negocios que podrán abrir y bajo qué condiciones lo harán, teniendo en cuenta lo establecido en la Orden SND7399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del Estado de Alarma en aplicación de la Fase 1 del Plan para la Transición hacia una nueva normalidad y en la Orden SND/440/2020, de 23 de mayo, por la que se modifican diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en aplicación del Plan para la Transición hacia una nueva normalidad

Normas de seguridad e higiene en las actividades económicas permitidas en la Fase 1 del Plan de Desescalada

En primer lugar, se establece la recomendación, siempre que las condiciones lo permitan, del mantenimiento del teletrabajo durante toda la Fase 1.

Aquellas empresas que no puedan ofrecer a sus trabajadores el teletrabajo, deberán garantizar el cumplimiento de las siguientes medidas:

  • Proveer a todos los trabajadores geles hidroalcohólicos o desinfectantes o, en su defecto, agua y jabón y equipos de protección cuando no se pueda garantizar la distancia interpersonal de dos metros.
  • Deberán sustituir el fichaje por huella dactilar por otro que garantice las medidas de seguridad o, en su defecto, se deberá desinfectar tras cada uso.
  • Modificar horarios, turnos y puestos de trabajo para garantizar la distancia interpersonal de dos metros.
  • Permitir a los trabajadores con síntomas compatible con COVID-19 abandonar su puesto de trabajo para ponerse en contacto con el sistema de salud de su región y tomar las medidas oportunas.
  • Realizar los cambios oportunos para evitar coincidencia masiva de personas y aglomeraciones como por ejemplo la entrada o salida del trabajo de manera escalonada.

En este sentido, se establecen unas normas específicas relacionadas con la limpieza de los puestos de trabajo:

  • Utilización de desinfectantes como diluciones de lejía.
  • Los materiales de limpieza utilizados se desecharán de forma segura tras cada limpieza realizada, procediéndose al lavado de manos inmediatamente después.
  • Lavado diario de uniformes o ropa de trabajo entre 60 y 90 grados centígrados.
  • Ventilación periódica diaria en las instalaciones por un tiempo de cinco minutos cada vez.
  • El uso de los ascensores no será prioritario y sólo podrá hacer uso de él por una persona, salvo que se garantice la distancia interpersonal de dos metros.
  • Los aseos para clientes sólo se podrán usar por una única persona al mismo tiempo, debiendo limpiarse y desinfectarse tras cada uso.
  • El modo de pago será, preferiblemente, con tarjeta.
  • Puesta a disposición del público de papeleras con tapa y pedal.

¿Qué actividades sociales se podrán realizar durante la Fase 1 del Plan de Desescalada?

El Plan de Desescalada prevé que, a medida que se vaya avanzando por las distintas fases, se vayan recuperando algunas actividades sociales prohibidas tras el Estado de Alarma. En esta Fase 1 del Plan de Desescalada se permitirán las siguientes “actividades sociales”:

  • Visitar a familiares y amigos dentro de la misma región o provincia, siempre que no se trate de personas con síntomas de COVID-19, que se encuentren en aislamiento preventivo, con especial cuidado hacia aquellas personas que pertenezcan a un grupo de riesgo (mayores de 65 años o con patologías previas). Se deberán mantener en todo caso las normas de higiene y de distancia social de dos metros. Estas visitas se podrán realizar en cualquier horario y no tienen límite de tiempo.
  • Acudir a velatorios fuera de la provincia o región, con un límite máximo de diez personas en espacio cerrado y de quince personas en espacio abierto, siempre respetando la distancia interpersonal de dos metros.
  • Asistencia a lugares de culto, siempre que no supere el 30% del aforo y haciendo uso obligatorio de mascarilla, desinfección del lugar de culto antes de cada reunión o celebración, organización para evitar aglomeraciones, puesta a disposición del público de geles hidroalcohólicos o desinfectantes, no se podrá hacer uso de agua bendecida y las abluciones rituales se deberán realizar en casa, uso de alfombras personales, limitación de los ritos y se evitará el contacto personal, distribución de libros u objetos y la actuación de coros.

¿Qué negocios podrán abrir y en qué condiciones durante la Fase 1 del Plan de Desescalada?

Durante la Fase 1 del Plan de Desescalada se permitirán las siguientes actividades:

  1. Apertura al público de comercios minoristas y de prestación de servicios asimilados

La apertura al público de comercios minoristas y de prestación de servicios asimilados ya estaba contemplada en la Fase 0 pero en la nueva Fase 1 se podrán abrir con las siguientes condiciones:

  • Se permitirá el acceso de público, ya sin cita previa, pero sólo con el 30% del aforo, manteniendo la distancia interpersonal de dos metros y, si no fuera posible, sólo podrá haber un cliente en el comercio al mismo tiempo. Esto, siempre y cuando, sean comercios con una superficie igual o inferior a 400 metros cuadrados o acoten la misma a este umbral y cuenten con acceso directo e independiente desde el exterior del parque o centro comercial.
  • Horario de atención prioritario para mayores de 65 años de edad.
  • Cumplimiento de las normas de seguridad e higiene.
  1. Apertura al público de concesionarios y estaciones de ITV

Los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de vehículos y los centros de jardinería y viveros de plantas podrán abrir, pero con cita previa.

  1. Apertura al público de oficinas de loterías y apuestas del Estado

Podrán abrir al público las entidades concesionarias del juego público de ámbito estatal, excepto los que se encuentren en centros y parques comerciales, sin acceso directo e independiente desde el exterior.

  1. Apertura de mercadillos al aire libre

Los mercados al aire libre, más comúnmente denominados “mercadillos” podrán abrir al público en un 25% de su capacidad y una afluencia del 30% del aforo, siempre que cuenten con la autorización de los ayuntamientos correspondientes. Lo harán dando preferencia a la venta de productos de primera necesidad y cumpliendo con las normas de higiene y seguridad: distancia interpersonal de dos metros, no manipulación de productos por el público.

  1. Apertura de terrazas de restaurantes y bares

Las terrazas de bares y restaurantes podrán abrir al 50% de su aforo en relación a las mesas permitidas el año anterior en base a la correspondiente licencia municipal. No obstante, si se obtuviera una licencia por más ocupación, se ampliarán las mesas en esa proporción.

En todo caso, se deberá mantener la distancia interpersonal y sólo podrá haber 10 personas por mesa o agrupación de mesas.

  1. Apertura de centros educativos y universitarios

Se procederá a la apertura de centros educativos para su desinfección y para tareas administrativas ya que en la Fase 2 se prevé su apertura total al público para actividades de refuerzo y cuidado de menores. En todo caso, se deberán cumplir las normas de higiene y la distancia interpersonal de dos metros.

  1. Apertura de centros y laboratorios universitarios

Se procederá a la apertura de centros y laboratorios universitarios para su desinfección y para tareas administrativas improrrogables. En todo caso, se deberán cumplir las normas de higiene y la distancia interpersonal de dos metros.

  1. Apertura de instalaciones científico – técnicas

Se permitirá la apertura de entidades de naturaleza pública y privada que desarrollen o den soporte a actividades de investigación científica y técnica, desarrollo e innovación en todos los campos de la economía y la sociedad. En todo caso, se deberán cumplir las normas de higiene y la distancia interpersonal de dos metros.

  1. Celebración de seminarios y congresos científicos o innovadores

Se podrán realizar congresos, encuentros, eventos y seminarios en el ámbito de la investigación científica y técnica, el desarrollo y la innovación. El aforo máximo será de 300 personas y se deberá respetar la distancia interpersonal de dos metros y, si no fuera posible, se facilitará a los asistentes equipos de protección.

  1. Apertura de bibliotecas

Las bibliotecas podrán volver a abrir al público para las actividades de préstamo y devolución de obras, lectura en sala e información bibliográfica y bibliotecaria.

No obstante, no se podrán realizar actividades culturales, de estudio en sala o de préstamo interbibliotecario ni uso de ordenadores de uso público.

En todo caso, de deberá mantener la distancia interpersonal de dos metros y las obras devueltas se dejarán en cuarentena durante, al menos, catorce días.

  1. Apertura al público de museos

Los museos públicos y privados podrán volver a abrir sus puertas para visitar colecciones y exposiciones temporales pero limitado a un 30% del aforo.

Las visitas serán individuales o de la unidad familia o de convivencia y, en todo caso, se respetará la distancia interpersonal de dos metros.

  1. Apertura de producción y rodaje de obras audiovisuales

Se podrá reanudar la producción y rodaje de obras audiovisuales, siempre que se tengan en cuenta las normas de higiene y seguridad.

  1. Apertura al público de locales y establecimientos en los que se desarrollen actos y espectáculos culturales

Se podrán abrir locales y establecimientos en los que se desarrollen actos y espectáculos culturales con un 30% del aforo. Si son espacios cerrados, el público no podrá exceder de 30 personas y si son al aire libre no podrá exceder de 200 personas. En todo caso, se deberán cumplir las normas de higiene y la distancia interpersonal de dos metros.

No obstante, en las regiones de Toledo, Albacete y Ciudad Real, en espacios cerrados el aforo no podrá exceder de 30 personas y en espacios abiertos no podrá exceder de 100 personas, mientras que en las provincias de Castellón, Valencia y Alicante, en espacios abiertos y cerrados el aforo no podrá exceder de 30 personas.

  1. Reanudación de actividad deportiva profesional y federada

Se procederá a la apertura de centros de alto rendimiento, instalaciones deportivas al aire libre, la caza y pesca deportiva, así como el entrenamiento en ligas profesionales.

  1. Apertura al público de hoteles y alojamientos turísticos

Los hoteles y alojamientos turísticos podrán abrir sus puertas, a excepción de las zonas comunes (piscina, gimnasios…). En lo relativo a restauración, se prestará servicio a los clientes y los no clientes sólo en la terraza del hotel con un 30% del aforo. En todo caso, se deberán cumplir las normas de higiene y la distancia interpersonal de dos metros.

  1. Reanudación de actividades de turismo activo y naturaleza

Se podrán realizar actividades de turismo activo y naturaleza, siempre que sean grupos de hasta 10 personas como máximo y con cita previa. En todo caso, se deberán cumplir las normas de higiene y la distancia interpersonal de dos metros.

17. Reanudación de actividades de construcción, reformas y rehabilitación en edificios ya habitados

Se permite la realización de trabajos de reforma, reparación y decoración en viviendas habitadas, siempre cumpliendo las medidas de higiene y la distancia de seguridad de dos metros.

18. Apertura de parques naturales

Los parques naturales podrán reabrir con un 20% del aforo máximo permitido. En este sentido, por ejemplo los teleféricos, abrirán sólo con el 50% de su aforo.

19. Velatorios

Se podrá acudir a velatorios fuera de la provincia con un máximo de 15 personas en espacio al aire libre o 10 personas en espacios cerrados.

20. Apertura de lugares de culto

Los lugares de culto abrirán sus puertas y tendrán lugar ritos y ceremonias con un tercio del aforo, respetando en todo caso medidas de higiene y distancia de seguridad.

¿Cómo será la movilidad durante la Fase 1 del Plan de Desescalada?

La movilidad de la población durante la Fase 1 del Plan de Desescalada será menos restrictiva, pero siempre limitada a la región o provincia. De esta manera se podrá reuniones en domicilios de familiares y amigos de hasta 10 personas, acudir a terrazas de restaurantes en grupos de máximo 10 personas, ir a museos o bibliotecas. Esto se suma a la posibilidad, ya vigente, de pasear que en Fase 1 se podrá hacer en grupos de hasta 10 personas estando sujeto a franjas horarias los paseos de menores de 14 años aunque las comunidades pueden retrasarlas o adelantarlas dos horas.

En el caso de la práctica de deporte, se eliminan las franjas horarias pero se mantiene la obligación de que la práctica sea individual.

En cuanto a la movilidad en coche, estará permitido que los convivientes puedan desplazarse en vehículo sin mascarilla. En cuanto al trasporte público, el uso de la mascarilla sigue siendo obligatorio.

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Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es