Declaración de la Renta 2022 para españoles residentes en el extranjero

por | Jun 20, 2023

La globalización ha permitido en los últimos años que, muchas empresas españolas abran sus fronteras a países del exterior, creando sucursales o filiales en otros países en los que, de manera puntual o permanente, los trabajadores son desplazados a trabajar en esos países, produciéndose la situación de que, en un mismo ejercicio fiscal, el contribuyente reciba rendimientos del trabajo en diferentes países. En esta situación, ¿Está obligado a presentar su Declaración de la Renta 2022? ¿Tiene que tributar por todos los ingresos, independientemente del país en el que se hayan obtenido? Desde GEFISCAL ETL GLOBAL, expertos en asesoramiento en fiscalidad internacional analizamos estas situaciones y el modo de proceder por parte de españoles residentes en el extranjero de cara a presentar su Declaración de la Renta 2022. 

La premisa que debemos tener en cuenta a la hora de la confección de la Declaración de la Renta 2022 por parte de españoles residentes en el extranjero de la que debemos partir es que, si el contribuyente durante el ejercicio 2022 ha trabajado más de 183 días en el extranjero podría no ser considerado residente fiscal en España. Para ser considerado como tal, la Ley del IRPF establece que se ha de cumplir alguno de estos requisitos:

  • Residir en territorio español más de 183 días en el año natural
  • El núcleo principal, la base de sus actividades o intereses económicos se encuentre en España
  • Su cónyuge e hijos menores de edad residen en España (Presunción)

Así, quién tenga la consideración de residente fiscal en España por reunirse cualquiera de las condiciones anteriores, deberá tributar por el IRPF por su renta mundial, de forma que, si hubiera recibido rentas procedentes de trabajos realizados en el extranjero, deberán incluirse en la Declaración de la Renta 2022.

El contribuyente deberá declarar todos los ingresos, sin perjuicio de que respecto de aquellos ingresos que hayan estado sometidos a tributación en el extranjero, pueda aplicarse los mecanismos existentes para evitar que se produzca una doble imposición sobre esas rentas.  Además, dichos rendimientos del trabajo obtenidos en el extranjero pudieran estar exentos en el IRPF en aplicación de la exención del artículo 7P de la Ley que regula dicho impuesto siempre que se cumplan todos los requisitos establecidos al efecto y se pueda acreditar dicho cumplimiento.

Exención para los rendimientos del trabajo percibidos por trabajos realizados por españoles en el extranjero

Los trabajadores que hayan obtenido, durante el ejercicio 2022, rendimientos del trabajo por trabajos realizados en el extranjero podrán disfrutar de una exención en IRPF respecto a esos rendimientos siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:

  • Que dichos trabajos se realicen para una empresa o entidad no residente en España o un establecimiento permanente radicado en el extranjero. Cuando la entidad destinataria de los trabajos esté vinculada con la entidad empleadora del trabajador o con aquella en la que preste sus servicios, se entenderán que los trabajos se han realizado para la entidad no residente cuando pueda considerarse que se ha prestado un servicio intragrupo a la entidad no residente porque el servicio produzca o pueda producir una ventaja o utilidad a la entidad destinataria.
  • Que en el territorio en que se realicen los trabajos se aplique un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a la del IRPF y no se trate de un país o territorio que haya sido calificado como paraíso fiscal. Dicho requisito se entiende cumplido cuando el país en el que se realicen los trabajos tenga suscrito con España un convenio para evitar la doble imposición internacional que contenga una cláusula de intercambio de información.

Esta exención tiene un límite cuantitativo de 60.100 euros anuales tomando como base los días en que efectivamente el trabajador haya estado desplazado en el extranjero y las retribuciones específicas correspondientes a los servicios prestados en el extranjero.

Asimismo, es incompatible con el régimen de excesos excluidos de tributación, otro beneficio fiscal existente aplicable para determinados desplazamientos al extranjero.

Confección y presentación de la Declaración de la Renta 2022

Si tiene alguna duda sobre la Declaración de la Renta 2022 por españoles residentes en el extranjero o quiere contar con la ayuda de nuestra área fiscal para la presentación de la Declaración de la Renta 2022 no dude en contactar con nosotros en los teléfonos 919 545 414 o 927 248 400. Solicite ya presupuesto desde nuestro Portal de la Campaña de Renta y Patrimonio 2022.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es