Ayudas para el fomento del emprendimiento juvenil

por | Jul 1, 2021

L a Dirección General de la Fundación de EOI FSP ha aprobado el Programa de ayudas dirigidas al fomento del emprendimiento juvenil en jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil con ayudas de hasta 3.000 euros por beneficiario para aquellos que inicien un proyecto emprendedor o generen autoempleo.

Este Programa de ayudas está dirigido a jóvenes de entre 16 y 30 años que estén inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y que cumplan los siguientes requisitos:

  • Sean personas físicas que deseen iniciar un proyecto de emprendimiento o personas jurídicas que constituyan una sociedad y sean administradores y posean, al menos, el 51% del capital social de la entidad creada (para empresas de economía social se aplicará porcentajes de capital social en función de forma jurídica).
  • Estar inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y ser beneficiario o beneficiaria en el momento de solicitar la subvención.
  • No haber iniciado la actividad con anterioridad a la solicitud de la subvención.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Gastos subvencionables

El importe de la ayuda, que será de hasta 3.000 euros por beneficiario, no podrá exceder del 75% de los gastos subvencionables que deberán encuadrarse en alguna de las siguientes tipologías:

  • Gastos correspondientes al pago de cánones de entrada por franquicia.
  • Colaboraciones externas / asesorías.
  • Programas formativos.
  • Programas de aceleración empresarial.
  • Misiones comerciales, participación en ferias.
  • Diseño de la imagen corporativa.
  • Diseño y elaboración de páginas web o portales corporativos virtuales.
  • Posicionamiento web.
  • Diseño y elaboración de catálogos de productos y/o servicios.
  • Desarrollo de prototipos de I+D (puede incluir material y fungibles necesarios para la construcción y puesta a punto de prototipos).
  • Inversiones en patentes y modelos de utilidad. Tasa de solicitud de registro de marca o nombre comercial a nivel nacional en la OEPM. (Sólo primera marca y una clase). Deberá aportar impreso oficial de solicitud de registro de marca o nombre comercial.
  • Gastos de constitución de la sociedad.
  • Certificación de sistemas de gestión y productos: calidad, medioambiental, I+D+i, seguridad.
  • Adaptación e implantación de la normativa de protección de datos personales (LOPD) y adaptación del sitio web a la ley de servicios de la sociedad la información y comercio electrónico (LSSICE).

Estos gastos subvencionables deben traducirse en acciones que deberán llevarse a cabo en los 6 meses siguientes desde el inicio formal de la actividad de emprendimiento. Se considera inicio formal de la actividad el momento en el que el beneficiario o la beneficiaria esté dado de alta en el IAE y alta en la Seguridad social en el régimen necesario para el desarrollo de la misma. A estos efectos, será necesario que el inicio formal de la actividad por parte del beneficiario o la beneficiaria se realice en el plazo máximo de sesenta días a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de resolución de otorgamiento de la subvención.

Importe de las ayudas para el emprendimiento juvenil

El importe de las ayudas será de hasta 3.000 euros por beneficiario para la cobertura de la actividad económica realizada en los 6 meses siguientes desde el inicio formal de la actividad de emprendimiento. Esta cantidad no podrá superar el 75 % del importe de los gastos subvencionables.

El pago de la subvención se realiza previa justificación, a la finalización del periodo subvencionable, por el beneficiario o la beneficiaria de la realización de la actividad objeto de la ayuda en los términos previstos. El pago quedará condicionado a que exista constancia por parte de EOI de que el beneficiario o la beneficiaria cumple todos los requisitos señalados.

Si desea solicitar esta ayuda puede contactar con nuestro Despacho en el teléfono 917 140 489 para solicitar presupuesto para su tramitación antes del próximo 17 de julio de 2021.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es