[vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]L a Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado (AHE) ha propuesto impulsar la “muerte civil” de las empresas que cometan fraude fiscal a fin de que se les impida optar a licitaciones públicas, recibir subvenciones o incentivos fiscales o tan sólo emitir facturas. Así viene recogido en el informe Algunas propuestas contra el fraude fiscal y de reformas de las administraciones tributarias en el marco del Plan de Resiliencia. [/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]Esta “muerte civil” debería regularse dentro de la Ley General Tributaria (LGT) estableciéndose como un mecanismo a través del cual las empresas que cometan fraude fiscal no puedan continuar con su normal operativa económica. En este sentido, esta “muerte civil” estaría dirigida a los testaferros, sociedades pantalla, entidades interpuestas o tramas de fraude; a los contribuyentes ilocalizables o que no comparezcan ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) reiteradamente; los responsables solidarios de deudas; las firmas sancionadas por infracciones firmes a partir de determinados importes; o las compañías condenadas por delitos frente a la Hacienda Pública o insolvencia punible.[/vc_column_text][vc_column_text]
¿Qué implicaría esa “muerte civil” para las empresas o contribuyentes afectados?
La AHE propone que esa “muerte civil” implique a los contribuyentes defraudadores la imposibilidad expedir facturas; de contratar con la Administración Pública; de realizar escrituras notariales de carácter económico (salvo para cancelar sus deudas fiscales); el cierre de su operativa financiera y cancelación de su NIF; la denegación de todo tipo de subvenciones o ayudas públicas; veto al acceso a licitaciones y ayudas públicas y no aplicación de beneficios e incentivos fiscales.
En cuanto a los contribuyentes particulares, la AHE establece que se podría completar el indicador de la renta declarada en el IRPF, actualmente utilizado como indicador de capacidad económica de cara a becas, ayudas públicas, o prestaciones, con requisitos ligados a la situación patrimonial de la persona y de su entorno familiar. Se tomarían en consideración datos sobre titularidad de vehículos, inmuebles y resto de activos, gastos realizados, acceso a cuentas y medios de pago propios o de terceros.
Finalmente, la AHE apuesta también por rebajar de 600.000 a 300.000 euros el umbral de deudas con la AEAT para aparecer en el listado público de morosos de Hacienda.
Este tipo de medidas tienen como finalidad frenar el fraude fiscal y el blanqueo de capitales con un sistema en el que la empresa se enfrente a graves consecuencias si comete algún tipo de fraude fiscal.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][/vc_column][/vc_row]