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Presentación y legalización ante el Registro Mercantil de los Libros Oficiales de los empresarios
Las sociedades mercantiles, cuyo ejercicio social finalizó el pasado 31 de diciembre de 2022 están obligadas a confeccionar, presentar y legalizar telemáticamente ante el Registro Mercantil correspondiente el Libro Diario, el Libro de Inventarios y Cuentas Anuales, el Libro de Actas de la Junta General o del Consejo de Administración, el Libro de Registro de Socios y/o Acciones nominativas así como los Libros del IVA (Libro de facturas emitidas, Libro de facturas recibidas y Libro de bienes de inversión y Libro de operaciones intracomunitarias en caso de haberlas) antes del próximo 30 de Abril de 2023.
Así, las sociedades mercantiles deberán confeccionar, presentar y legalizar telemáticamente estos Libros ante el Registro Mercantil correspondiente antes del próximo 30 de abril de 20233 si su ejercicio social finalizó el pasado 31 de diciembre de 2022 o una vez que hayan transcurridos cuatro meses desde el cierre del ejercicio social.
Si necesitas asesoramiento para cumplir con esta obligación, contacte con nuestra área fiscal en los teléfonos 927 248 400 y 919 545 414.
