Consumo prohibirá la publicidad de alimentos poco saludables para menores de 16 años

por | Oct 29, 2021

[vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]El Ministerio de Consumo, liderado por Alberto Garzón, ha anunciado que a partir del 1 de enero de 2022 regulará y prohibirá, a través de un Real Decreto en el que ya está trabajando su equipo, la publicidad de alimentos y bebidas no saludables dirigida a menores de 16 años en televisión, radio, Redes Sociales, webs, apps, cine y medios impresos.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]Este Real Decreto en el que ya está trabajando el Ministerio de Consumo sustituirá al Código PAOS vigente desde 2005 y que Garzón ha tildado de “insuficiente” para acabar con el problema de la obesidad infantil en España.

La nueva regulación en publicidad de alimentos y bebidas no saludables para menores de 16 años se basará en el criterio de medición por los perfiles nutricionales establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y tomando como ejemplo los sistemas y la regulación ya implantada en países como Reino Unido, Noruega o Portugal.

Para ello, se establecerán nuevos horarios de protección, franjas horarias en las que no se permitirá la emisión de publicidad de alimentos y bebidas no saludables en espacios publicitarios de programas destinados al público infantil y regulará tanto televisión lineal como no líneal, contenidos radiofónicos, salas de cine y publicidad en internet, redes sociales, webs o app móviles, cuando los contenidos se dirijan a menores de 16 años.

En cuanto a los productos que no se podrán anunciar, Garzón concretó que se trata de cinco categorías específicas: confitería de chocolate y azúcar, barritas energéticas y coberturas dulces y postres; alimentos que incluye pasteles, galletas dulces y demás productos de pastelería; zumos, bebidas energéticas y los helados. Para el resto de categorías de productos, se establecerá un límite de contenido en nutrientes por cada 100 gramos y, en este caso, se podrán anunciar siempre y cuando las grasas totales y saturadas, el azúcar total y añadido y los niveles de sal se mantengan por debajo de los límites establecidos cada producto.[/vc_column_text][divider line_type=»No Line»][vc_column_text]

Críticas de los fabricantes de alimentos y bebidas no saludables

Como era de esperar, el anuncio del ministro de Consumo no ha sido bien recibido por los fabricantes de alimentos y bebidas no saludables. Concretamente, la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas (FIAB) ha denunciado que ya se estaba trabajando por actualizar el Código PAOS y que “en la Comisión de Seguimiento del Código PAOS celebrada ayer 27 de octubre, el representante del Ministerio aseguró que no había ninguna decisión tomada en relación con el perfil nutricional sobre el que se basarán las limitaciones publicitarias anunciadas hoy y que la decisión final sería fruto de un debate en el que se buscaría el consenso entre todas las partes implicadas”.

Por el contrario, desde FACUA han recibido con alegría este anuncio y consideran “fundamental que la norma afecte no solo a la publicidad tradicional sino también a la que se difunde de forma directa o a través de personajes conocidos en YouTube y las redes sociales» que, en buena parte de los casos, representan acciones de publicidad encubierta al no explicitar que se trata de promociones pagadas”.[/vc_column_text][vc_column_text]

El problema de la obesidad en España

La prohibición de emitir publicidad de alimentos y bebidas no saludables dirigida a menores de 16 años de edad tiene su objetivo en reducir la obesidad infantil en España atendiendo a los datos facilitados por el propio ministro de Consumo: más del 23% de niños de seis a nueve años en España tiene sobrepeso y más del 17%, obesidad, según el Estudio Aladino 2019.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es