Los notarios ya pueden tramitar el acta previa matrimonial

por | May 14, 2021

[vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]Desde el 3 de junio de 2021, los notarios tendrán potestad para tramitar el acta previa matrimonial, el expediente previo a la celebración del matrimonio que, hasta el momento, sólo se podía gestionar y tramitar en el Registro Civil del municipio donde fuera a celebrarse el matrimonio o en el Registro Civil de los contrayentes. Así viene establecido en la Instrucción de 3 de junio de 2021 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. [/vc_column_text][divider line_type=»No Line»][vc_column_text]Así, los fedatarios públicos tendrán que comprobar que los futuros contrayentes tienen capacidad para contraer matrimonio; que no existen impedimentos, tales como que sean menores de edad (salvo los emancipados), o que estén casados con otras personas; o, en su caso, la posible dispensa de los impedimentos. Así mismo, deberán asegurarse que no se trata de un matrimonio simulado. Además, determinarán el régimen económico aplicable al matrimonio y la vecindad civil de los contrayentes. Además, también podrán realizar matrimonios entre personas con peligro de muerte.

Esta nueva función de los notarios ha sido recibida con entusiasmo por el Consejo General del Notariado, cuyo presidente, José Ángel Martínez Sanchiz,  ha destacado que “los notarios prestaremos esta función con la eficacia, celeridad y seguridad propias de la función notarial, ayudando a las parejas a tramitar sus expedientes en el plazo de tiempo más breve posible y prestándoles asesoramiento gratuito, si así lo desean, sobre otras cuestiones, como el régimen que regirá su matrimonio y la posibilidad de hacer capitulaciones matrimoniales”.

Se trata, sin duda, de una excelente medida que puede servir para “desatascar” la carga de trabajo de los Registros Civiles en España.

Con la posibilidad de poder tramitar el acta previa matrimonial, los notarios ya podrán realizar todos los trámites necesarios para la celebración del matrimonio y es que, desde la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria de 2015, los fedatarios públicos tienen la potestad para celebrar matrimonios. De hecho, desde ese año han celebrado 41.474 matrimonios. Es más, en los últimos años se ha intensificado con 5.593 matrimonios celebrados en notarías en 2016 a 10.782 en 2020.[/vc_column_text][/vc_column][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][/vc_column][/vc_row]

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es