[vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text] El mercado del alquiler en España es muy inestable y es que aún a la espera de la tramitación y aprobación de una nueva Ley de Vivienda que limite o no el precio del alquiler en las llamadas zonas tensionadas, lo cierto es que, en los últimos meses, el precio del alquiler en determinadas zonas ha experimentado importantes subidas y eso no es todo. En los últimos meses se ha advertido la inclusión de cláusulas Covid19 en los nuevos contratos de alquiler, tal y como han denunciado plataformas de alquiler y el propio Ministerio de Consumo.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]La inestabilidad del mercado del alquiler y la situación excepcional del Covid19 está llevando a que muchos propietarios incluyan en los nuevos contratos de alquiler cláusulas Covid19 que no son otra cosa que anexos al alquiler en los contratos de viviendas dirigidos especialmente a los estudiantes o en los arrendamientos de locales comerciales que los propietarios utilizan para protegerse frente a resoluciones anticipadas del arrendamiento o para renegociar las rentas en el futuro.
Pero eso no es todo. Tal y como ha denunciado el Ministerio de Consumo tras reunirse con el Consejo de Consumidores y Usuarios (CCU), en los últimos meses se está advirtiendo una serie de prácticas abusivas en el mercado del alquiler y una inclusión de cláusulas abusivas en los nuevos contratos de arrendamiento que contravienen lo establecido en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) tales como exigir a los futuros inquilinos fianzas de hasta cinco meses, garantías adicionales u obligar al abono de varias mensualidades de manera anticipada.
Recordemos que la LAU establece que la fianza legal en los arrendamientos no puede exceder de la cuantía correspondiente a una mensualidad de alquiler, no pudiendo establecerse garantías adicionales a la fianza.
Ante la existencia de estas cláusulas abusivas que son contrarias a la LAU, el procedimiento a seguir para calificar esas cláusulas como abusivas y anularlas es la vía judicial al tratarse de contratos entre particulares. En este sentido es fundamental contar con un asesoramiento legal adecuado antes de suscribir un contrato de alquiler para evitar este tipo de cláusulas abusivas. Si necesita asesoramiento legal al respecto no dude en contactar con nuestro Despacho en el teléfono 917 140 489.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]