Ya conocemos el calendario de días inhábiles para 2024 en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2024 a efectos del cómputo de plazos administrativos. Así, en la relación de días inhábiles no se podrán realizar trámites administrativos en ninguna Administración ni Institución Pública ni tampoco se contabilizarán dentro de los plazos computables para realizar dichos trámites.
Así, se establece que serán inhábiles en todo el ámbito territorial nacional los sábados, domingos y días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no ha ejercido facultad de sustitución que aparecen recogidos en el calendario laboral 2024; los días festivos determinados por cada Comunidad Autónoma y en los ámbitos territoriales de las entidades que integran la Administración Local y los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.
Calendario de días inhábiles 2024
En suma, el calendario de día inhábiles está compuesto por:
- Todos los sábados y domingos del año.
- 1 de enero: Inhábil en todo el territorio nacional.
- 13 de febrero: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- 28 de febrero: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- 1 de marzo: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Islas Baleares.
- 19 de marzo: Inhábil en la Región de Murcia, así como en la Comunidad Valenciana.
- 28 de marzo: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de las Islas Balears, de Canarias, de Cantabria, de Castilla – La Mancha, de Extremadura, de Galicia, de la Región de Murcia, del País Vasco, de La Rioja, así como en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid, en la Comunidad Foral de Navarra, en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
- 29 de marzo: Inhábil en todo el territorio nacional-
- 1 de abril: Inhábil en las Comunidades Autónomas de las Islas Balears, de Cantabria, de Cataluña, del País Vasco, de La Rioja, así como de la Comunidad Foral de Navarra y de la Comunidad Valenciana.
- 23 de abril: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Aragón, así como en la Comunidad de Castilla y León.
- 1 de mayo: Inhábil en todo el territorio nacional.
- 2 de mayo: Inhábil en la Comunidad de Madrid.
- 17 de mayo: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Galicia.
- 30 de mayo: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Canarias y de Castilla – La Mancha.
- 31 de mayo: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Castilla – La Mancha.
- 10 de junio: Inhábil en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- 17 de junio: Inhábil en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
- 24 de junio: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña, así como en la Comunidad Valenciana.
- 25 de julio: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Cantabria, de Galicia y del País Vasco, así como en la Comunidad de Madrid y en la Comunidad Foral de Navarra.
- 5 de agosto: Inhábil en la Ciudad de Ceuta.
- 15 de agosto: Inhábil en todo el territorio nacional.
- 9 de septiembre: Inhábil en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
- 11 de septiembre: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña.
- 9 de octubre: Inhábil en la Comunidad Valenciana.
- 1 de noviembre: Inhábil en todo el territorio nacional.
- 6 de diciembre: Inhábil en todo el territorio nacional.
- 9 de diciembre: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de Extremadura, de la Región de Murcia, así como en la Comunidad de Castilla y León y en la Ciudad de Melilla.
- 25 de diciembre: Inhábil en todo el territorio nacional.
- 26 de diciembre: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña.
Además, también serán inhábiles en el ámbito de las Corporaciones Locales aquellos días que sean festivos locales según lo que determine cada Ayuntamiento o Corporación Local.