Autónomos: Cambia tu Base de Cotización antes del 30 de septiembre

por | Sep 24, 2019

[vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]L os trabajadores autónomos que deseen modificar al alza o a la baja su base de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) podrán hacerlo siempre y cuando la solicitud sea presentada en tiempo y forma antes del próximo 30 de septiembre de 2019 surtiendo efectos dicho cambio a partir del 1 de octubre de 2019.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]ras la entrada en vigor de la Ley 6/2017 de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, se establecen cuatro plazos para que los trabajadores autónomos puedan cambiar su base de cotización frente a los dos plazos que existían anteriormente. Así, los autónomos podrán solicitar el cambio de base de cotización dentro de los siguientes periodos:

– Del 1 de enero al 31 de marzo surtiendo efectos a partir del 1 de abril.

– Del 1 de abril al 30 de junio surtiendo efectos a partir del 1 de julio.

– Del 1 de julio al 31 de septiembre surtiendo efectos a partir del 1 de octubre.

– Del 1 de octubre al 31 de diciembre surtiendo efectos a partir del 1 de enero del siguiente año.

Hay que mencionar que este cambio de la base de cotización estará sujeto a una serie de condiciones en los siguientes casos:

Para poder realizar la solicitud de cambio de base de cotización se deberá acudir a una de las oficinas de la TGSS con la correspondiente documentación o bien presentar la solicitud de manera telemática ya que, desde el pasado año, a través del Sistema RED se pueden realizar los siguientes trámites:

– Solicitud de cambio de base de cotización

– Solicitud de revalorización automática de la base de cotización

– Anulación de solicitud de cambio de base de cotización

– Anulación de revalorización automática de la base de cotización

Desde Arrabe Asesores les informamos que, si desean llevar a cabo el cambio de base de cotización, deberá ponerse en contacto con nuestras oficinas a los efectos de aclararle cualquier duda, así como para remitirle los correspondientes impresos. Puede contactar con nuestro Despacho en el teléfono 917 140 489.

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Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es