El Consejo de Ministros aprobó ayer el aumento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2025 hasta los 1.184 euros mensuales en 14 pagas lo que supone un incremento de 50 euros mensuales y 700 euros en cómputo anual lo que supone un 4,4% más respecto a 2024. Así viene establecido en el Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero por el se fija el salario mínimo interprofesional para 2025 publicado en el BOE tras el acuerdo alcanzado entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos aunque sin el voto a favor de la patronal.
Así, el SMI para 2025 será de 1.184 euros mensuales en catorce pagas o, lo que es lo mismo, 16.576 euros brutos anuales y 39,47 euros brutos diarios. En el caso de los trabajadores eventuales y temporeros, el SMI por jornada legal en la actividad será de 56,08 euros y el de los empleados de hogar será de 9,26 euros por hora trabajada.
¿A cuántos trabajadores beneficiará el incremento del SMI 2025?
Según las estimaciones del Ejecutivo, este incremento beneficiará a cerca de 2,4 millones de trabajadores asalariados, especialmente mujeres (suponen el 65,8%) y jóvenes (el 26,8%) que son los colectivos con remuneraciones más bajas. Por sectores, los empleados del hogar, la hostelería, agricultura, actividades administrativas, artísticas y comercio serán los más beneficiados al ser los sectores con sueldos más bajos. Concretamente, el 31% de las personas beneficiarias pertenecen al sector agrícola, 14,3% a los servicios, 5,9% a la industria y 3,4% a la construcción.
Por regiones, en Andalucía, Madrid, Cataluña y Valencia es donde se concentran el mayor número de trabajadores beneficiados por esta medida y el mayor porcentaje de población asalariada que verá incrementada su nómina los encontramos en Extremadura, Canarias, Murcia y Andalucía.
La nueva cuantía del SMI SÍ tributará en IRPF
La mayor novedad que encontramos en este nuevo incremento del SMI en 2025 es la tributación en IRPF de esta cantidad frente a lo que ha sucedido hasta la fecha que eran cantidades exentas de tributar en IRPF. Esto es así porque la cantidad exenta de tributación sigue siendo la misma que en 2024 por lo que el aumento de 50 euros mensuales deberá tributar en IRPF.
Actualmente, las cantidades inferiores a 15.876 euros están exentas de tributar en IRPF y, tras la subida del SMI, los trabajadores ligados a éste, cobrarán 16.576 euros anuales por lo que, esos 700 euros (que supone el incremento anual del SMI) sí deberán tributar al tipo de gravamen que corresponda según la situación personal y familiar de cada contribuyente.
¿Cuándo entra en vigor el SMI 2025?
El Salario Mínimo Interprofesional para 2025 entra en vigor hoy, miércoles 12 de febrero pero con carácter retroactivo a 1 de enero de 2025 por lo que los salarios que estén vinculados al SMI deberán regularizarse en la nómina de febrero o siguientes.
¿Revalorización automática del Salario Mïnimo Interprofesional?
En el acuerdo firmado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social y los sindicatos encontramos la apertura, en el plazo máximo de dos meses, de una Mesa de Diálogo Social que tendrá como objetivo la transposición de la Directiva (UE) 2022/2041 del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de octubre de 2022 sobre unos salarios mínimos adecuados en la Unión Europea.En esta Mesa se abordará la modernización y actualización de la normativa actual que anulamente regula el importe del SMI, la compensación y absorción de determinados complementos en relación con el SMI y que se fije por ley el criterio de que el SMI sea, como mínimo, equivalente al 60% del salario medio.
Asimismo, se estudiará que la nueva normativa legal incluya una disposición que establezca la obligación de actualizar automáticamente los salarios de los convenios colectivos que puedan verse afectados por el SMI y garantizar su retroactividad y se adecuarán las cuantías diarias por hora del SMI a la reducción de la jornada a 37,5 horas semanales en cómputo anual.
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