El pasado año, a través del Real Decreto – Ley 5/2023 de 28 de junio, de conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, el Ejecutivo aprobó un nuevo permiso de ocho semanas para el cuidado de hijos menores de ocho años, más conocido como permiso parental.
Desde GEFISCAL ETL GLOBAL, como expertos en asesoramiento laboral analizamos con detalle este permiso parental para que empresas y trabajadores conozcan su alcance, características y derechos y obligaciones de ambas partes.
¿En qué consiste el permiso parental de ocho semanas?
El nuevo permiso parental está dirigido a trabajadores por cuenta ajena (asalariados) y su duración será de ocho semanas a disfrutar hasta que su hijo o hija cumpla los años de edad. Asimismo, se puede disfrutar de forma continua o discontinua hasta los ocho años del menor.
Retribución permiso parental de ocho semanas
En la redacción del Real Decreto – Ley 5/2023 no se establecía si este permiso era retribuido o no. No ha sido hasta la aprobación del Real Decreto – Ley 2/2024, en el que se establecía la aprobación del permiso de lactancia acumulado, cuando se ha establecido cómo se retribuirá este permiso.
Así, el permiso parental de ocho semanas se retribuirá del siguiente modo: quince días serán retribuidos por la empresa y el resto será no remunerado. Por lo tanto, los días que excedan de esos quince días, el trabajador no percibirá ninguna remuneración.
Cómo hacer uso de este permiso de ocho semanas
La persona trabajadora podrá ejercitar este derecho con un preaviso de 10 días y no se verá limitado por el disfrute de otros derechos de conciliación.
¿Tienes dudas? Desde GEFISCAL ETL GLOBAL podemos ayudarle y ofrecerle asesoramiento laboral al respecto. Puede solicitar presupuesto a través de los teléfonos 927 248 400 y 919 545 414.