Varios youtubers trasladan su residencia fiscal a Andorra

por | Feb 4, 2021

[vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]D esde hace varias semanas, la “huida” de varios youtubers e influencers al Principado de Andorra, con el objetivo de trasladar su residencia fiscal al país vecino, ha desatado una importante polémica por el impacto fiscal que genera con testimonios a favor y en contra de esta decisión: ¿pagan demasiados impuestos los youtubers en España? ¿debe incluirse a Andorra como paraíso fiscal? ¿Debe la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) ejercer un mayor control sobre estos profesionales?[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]Parece claro, y confirmado por varios youtubers, que la decisión de trasladar su domicilio fiscal a Andorra tiene como objetivo reducir su carga fiscal, teniendo en cuenta que, en España, el IRPF que debe abonar un youtuber (así como cualquier profesional) puede llegar a ser de hasta el 48% si ingresa más de 300.000 euros anuales, mientras que, en Andorra, el tipo de retención del IRPF es del 10%.

Asimismo, para los youtubers, trasladar su domicilio fiscal al país vecino es mucho más sencillo que para cualquier otro trabajador o profesional ya que su actividad puede ser desarrollada sin problema en cualquier lugar. Sólo necesitan un equipo informático y audiovisual para poder crear y editar los videos que, posteriormente, serán publicados en su canal de YouTube o en cualquier de sus redes sociales.

Teniendo clara la facilidad y el objetivo de ese traslado del domicilio fiscal a Andorra, y dejando de lado cuestiones morales, muchos se plantean si los youtubers o influencers soportan una excesiva carga fiscal. Desde Arrabe Asesores analizamos las obligaciones fiscales que deben cumplir los youtubers e influencers en España comparándolo con Andorra. [/vc_column_text][vc_column_text]

¿Qué impuestos deben abonar los youtubers e influencers en España y en Andorra?

Como ya hemos apuntado antes, los youtubers e influencers deben pagar, como todo profesional, su IRPF que, en función del importe total de sus ingresos, llevará aparejado un tipo de gravamen, que va desde el 15% al 48% si ingresa más de 300.000 euros anuales.

A esto hay que sumarle el IVA. Todo trabajo publicitario que realicen debe ir acompañado de su correspondiente factura con un 21% de IVA, que deberá declarar trimestralmente ante la AEAT. En este sentido, también deben incluir las retribuciones en especie cuando una marca regala al profesional un producto o una estancia en un hotel a cambio de publicitarlo en YouTube o en sus redes sociales.

Si comparamos esta carga fiscal con la de Andorra, observamos que, frente al 48% en IRPF máximo de España, en Andorra estaríamos hablando de un 10% máximo. En lo que respecta al IVA, el tipo de retención sería el mismo.

En conclusión, el ahorro fiscal es mayúsculo sobre todo cuando estos youtubers e influencers ingresar cantidades elevadas.[/vc_column_text][vc_column_text]

Requisitos para que los youtubers  trasladen el domicilio fiscal a Andorra

La normativa española y la andorrana (coinciden en este punto) establecen que, para que un contribuyente sea considerado residente fiscal en España o Andorra, éste debe haber permanecido en el país un mínimo de 183 días al año, así como instalar en ese país la base de sus operaciones.

Como hemos indicado antes, el segundo requisito es muy sencillo de cumplir teniendo en cuenta que los medios para desarrollar el trabajo de muchos de estos youtubers son equipos audiovisuales e informáticos para crear y editas los contenidos que posteriormente serán publicados en YouTube, Twitch o en sus redes sociales.

El problema puede surgir para aquellos profesionales cuyos contenidos requieren acudir a eventos y ferias que quizás le impedirían residir un mínimo de 183 días al año en el país vecino.[/vc_column_text][vc_column_text]

La AEAT intensificará en 2021 el control sobre falsas residencias fiscales fuera de España

La polémica por la fuga de varios youtubers e influencers al país vecino ha coincidido con el anuncio por parte de la AEAT de la persecución de la figura de grandes patrimonios que aparentan ser no residentes en España para eludir el pago de sus impuestos. Este control se enmarca dentro del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero 2021 de la Inspección de Hacienda.

En concreto, para detectar falsas residencias fiscales en el extranjero se hará uso de datos masivos a través de la tecnología de análisis de información conocida como big data. Más de 70 fuentes de información distintas utilizarán los inspectores de Hacienda para determinar si el contribuyente que aparentemente reside en el extranjero, en realidad vive en España.

Este uso masivo de datos irá desde los riesgos fiscales del titular en cuestión, a las características del lugar donde reside o sus lazos familiares y arraigo, entre otros. Con ello, la AEAT obtendrá indicios que pueden determinar la residencia en España de estos patrimonios, ya sea porque pasan más de la mitad del año en el país, cuentan con un centro de interés económico relevante o relaciones familiares.[/vc_column_text][vc_column_text]

¿Se convertirá el Principado de Andorra en un paraíso fiscal?

La nueva Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal en la que está trabajando el Ejecutivo podría incluir al Principado de Andorra como paraíso fiscal. Así lo ha anunciado Pablo Echenique, portavoz de Unidas Podemos en el Congreso de los Diputados.

Se trata de una propuesta de Unidas Podemos para incluir a Andorra como paraíso fiscal y que implicaría también que los contribuyentes que trasladen su domicilio fiscal allí, estén obligados a pagar el IRPF en España durante los cinco años posteriores a dicho traslado. Asimismo, también se incluiría a Rumanía y Bulgaria.

Recordemos que, actualmente, el Principado de Andorra no se considera paraíso fiscal en España ni en la Unión Europea ni por la OCDE al ser considerada una de las jurisdicciones con intercambio de información tributaria.

De salir adelante la propuesta de Unidas Podemos, Andorra pasaría a ser considerado un paraíso fiscal, cambiando mucho la situación fiscal actual.

Desde Arrabe Asesores recomendamos que, antes de tomar cualquier decisión, contacten con nuestro Despacho para solicitar asesoramiento en fiscalidad internacional. Puede solicitar cita y presupuesto en el teléfono 917 140 489. [/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][/vc_column][/vc_row]

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es