El tramo autonómico del Impuesto sobre Carburantes ha sido declarado ilegal por el Tribunal Supremo que, en su sentencia del pasado 20 de septiembre declaró que el Derecho de la Unión Europea se opone al tipo autonómico del Impuesto Sobre Hidrocarburos abriendo la puerta a aquellos a quienes se le haya repercutido este impuesto a solicitar la devolución de las cantidades que hayan soportado por dicho tramo.
La Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales autorizaba a las Comunidades Autónomas a establecer un tipo impositivo autonómico, con un gravamen diferenciado en función del lugar donde se adquiría el producto ligado a obligación tributaria, el carburante.
En justificación de los interrogantes que suscitaba el artículo 5 de la Directiva 2003/96/CE, la cual reajusta el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad, el Tribunal Supremo trasladó esta cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). El órgano constitucional europeo, estableció en su sentencia del 30 de mayo de 2024, DISA, C-743/2022, que no cabe imponer un tipo impositivo autonómico en función del territorio, en esta instancia, por Comunidad Autónoma.
Por tanto, el Tribunal Superior reconoce a los obligados tributarios que se vieron afectados durante el periodo de vigencia del impuesto, desde el 2013 al 2018, el derecho a solicitar a la Administración Pública lo que esta percibió a cuenta de dicha Ley contraria al Derecho Europeo. Sin embargo, a través de la sentencia n.º 1524/2024, de 30 de septiembre, traslada la obligación de devolución a la comunidad autónoma en que se ingresaron las cuotas ilegales.
Así podrán reclamar la devolución de las cantidades abonadas por el tramo autonómico del Impuesto sobre Carburantes
El TJUE reconoce excepcionalmente que la Comunidad Autónoma no tendrá la obligación de devolución de dicha cantidad cuando el importe del tributo ha sido trasladado directamente al cliente final mediante el precio.
En dicha instancia, el consumidor tendrá que reclamar mediante otras vías legales, ya sea al proveedor o al Estado, quien no podrá rechazar la devolución basándose en la falta de pruebas sobre la ausencia de dicho traslado económico a los clientes.
Vías de reclamación para los operadores petroleros y los depósitos fiscales
Los operadores petroleros y los depósitos fiscales tenían derecho a reclamar la devolución del tramo autonómico por ingresos indebidos en caso de considerar que habían hecho pagos injustificados o indebidos, habiéndose apoyado en el artículo 122 de la Ley de la Agencia Tributaria. Hablamos en pasado, porque la oportunidad de solicitar la rectificación de las autoliquidaciones correspondientes existía durante los años en los que estuvo vigente el impuesto que gravaba su actividad, es decir, hasta el 2023. En el caso de no haberlo hecho, ya no tienen la posibilidad de exigírselo a Hacienda.
Por otro lado, el Supremo no establece, como se ha interpretado en algunos casos, que otras figuras como los transportistas no puedan solicitar la devolución del tramo autonómico del impuesto de hidrocarburos, si no que estos no pueden realizar esta reclamación a través de la vía tributaria.
Vías de reclamación para los consumidores
El Tribunal Supremo ha determinado que los consumidores no pueden reclamar directamente a Hacienda la devolución del tramo autonómico del impuesto de hidrocarburos. Sin embargo, existen alternativas para recuperar el dinero, según los expertos: recurrir a la vía civil o a la vía de responsabilidad patrimonial.
- En el caso de optar por la vía civil, los consumidores perjudicados por el precio del impuesto, es decir, quienes pagaron la gasolina con los impuestos ya incluidos, pueden presentar una acción de enriquecimiento injusto contra el sujeto que soportó la repercusión legal y obtuvo la devolución del tributo.
- Por otro lado, si se elige la vía patrimonial, los afectados pueden reclamar a la Administración autonómica una compensación económica por las pérdidas causadas por el impuesto.
Además, junto con la reclamación del tributo, también se puede solicitar una indemnización por los intereses de demora. Asimismo, aunque los afectados tienen derecho a recuperar las pérdidas por este impuesto declarado ilegal, el proceso no garantiza que todo el dinero vuelva a manos de los consumidores.
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