Así debes solicitar ante la AEAT una devolución de ingresos indebidos

por | Feb 19, 2025

¿Qué ocurre si un contribuyente, por un error, realiza el pago de una deuda a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) y el importe es mayor? ¿Puede el contribuyente solicitar la devolución de lo abonado de más? La respuesta es afirmativa. Es lo que se conoce como devolución de ingresos indebidos.

Si, por un error de cálculo, por una incorrecta interpretación de la normativa o por cualquier otra causa, un contribuyente paga de más a la AEAT, estaremos ante un ingreso indebido y el contribuyente podrá solicitar la devolución de la cantidad pagada en exceso, pero ¿cómo puede hacerlo?

Desde GEFISCAL, como expertos en asesoramiento fiscal a empresas y profesionales, analizamos los pasos que se deben dar en una solicitud de ingresos indebidos.

En primer lugar, el contribuyente debe presentar una solicitud de devolución de ingresos indebidos ante la AEAT identificando claramente el impuesto al que se refiere el pago, el periodo impositivo, la cantidad ingresada de más y las razones por las que considera que el pago fue indebido. Asimismo, deberá aportar toda la documentación que estime necesaria y que acredite su pretensión como, por ejemplo, copias de las autoliquidaciones o modelos de pago originales.

Tras recibir la solicitud del contribuyente, la AEAT revisará la solicitud y la documentación aportada y, si ese ingreso ha sido indebido, procederá a la devolución de la cantidad abonada en exceso además de los intereses de demora por el tiempo transcurrido desde que se realizó el pago hasta la fecha de la devolución. En ese sentido, el interés de demora para el ejercicio 2025 es de un 11,15%.

No obstante, estas solicitudes tienen un plazo para ser presentadas: desde la fecha del ingreso hasta los cuatro años siguientes, una vez transcurrido ese plazo, prescribe el ingreso indebido.

Desde GEFISCAL podemos ayudarle en la solicitud de ingresos indebidos a la AEAT. Puedes solicitar presupuesto en los teléfonos 927 248 400 y 919 545 414.

 

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es